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Moción

Proyecto de ley establece medidas de transparencia para las empresas en materia de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.

Actualmente las mujeres reciben 23,9% menos ingresos que los hombres.

21 de octubre de 2020

La Moción, patrocinada por los Senadores Adriana Muñoz, Yasna Provoste y Rabindranath Quinteros, propone incorporar nuevos instrumentos, acorde a las mejores prácticas internacionales y nacionales, con el objeto de que, a través de una mayor transparencia en la información de remuneraciones de las empresas, se promueva una disminución de la brecha salarial entre hombres y mujeres.

El proyecto señala que las mujeres asalariadas reciben actualmente ingresos 23,9% menores a los de los hombres. Esta cifra oscila según ciclos económicos y puede elevarse en épocas de mayor auge de sectores económicos que cuentan con menor presencia laboral femenina, lo cual no nos puede dejar indiferentes. Actualmente, la Ley N°20.348 que Resguarda el Derecho a la Igualdad de Remuneraciones, a más de diez años de su entrada en vigor, no ha disminuido la brecha salarial entre hombres y mujeres. Si bien la normativa, establece que “el empleador deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que presten un mismo trabajo”. Además, no ofrece una regulación destinada a asegurar que efectivamente se cumpla con el principio y, ha sido criticada por no reflejar adecuadamente el estándar internacional del derecho de igualdad de remuneración “por trabajo de igual valor”, que involucra no solo a trabajos iguales o mismos trabajos, sino que también a trabajos distintos, pero de igual valor.

Entre los avances, cabe destacar una buena práctica recogida en nuestro ordenamiento es el indicador de brecha salarial de género establecido en la Norma de Carácter General N°386, de la Comisión para el Mercado Financiero, norma actualmente vigente para sociedades anónimas abiertas, pero que puede extenderse en su aplicación a otras empresas.

A fin de cumplir con el objetivo, la iniciativa propone que las empresas que tengan más de 200 trabajadores deberán transparentar semestralmente el registro de remuneraciones por cargo y género; mientras que las empresas de 50 o más trabajadores deberán levantar anualmente el indicador de género de brecha salarial.

En concreto, la iniciativa propone modificar el Código del Trabajo agregando un artículo 62 ter, del siguiente tenor:

“Artículo 62 ter. Para cumplir con el principio de igualdad de remuneraciones previsto en el artículo anterior, las empresas de más de doscientos trabajadores deberán publicar semestralmente un registro de las remuneraciones por cargo y desagregadas por género, el que deberá ser publicado en el sitio web si la empresa contara con él, y remitirlo a la Dirección del Trabajo por medios electrónicos con esa misma periodicidad. La información deberá publicarse innominadamente, pero permitiendo identificar el género de él o la trabajadora.

La infracción a la obligación señalada en el inciso anterior se sancionará con una multa de 100 a 1000 unidades tributarias mensuales. Asimismo, la empresa sancionada, mientras no subsane la infracción, no podrá contratar con la Administración del Estado, en los términos establecidos en la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en espera del primer informe de comisión Especial Encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género del Senado.

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº13785-07.

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