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Corte de Santiago
En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $69.000.000 la indemnización por daño moral que deberán pagar conductor y propietario de grúa horquilla a la cónyuge e hijos de trabajador que murió en un accidente registrado en bodega de empresa.

El Tribunal de alzada rebajó el monto que debe recibir la cónyuge y los tres hijos de la víctima, por considerar que dicha cifra «resulta más ajustada y proporcional al daño que debieron soportar los demandantes».

9 de noviembre de 2020

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $69.000.000  la indemnización por daño moral que deberán pagar conductor y propietario de grúa horquilla a la cónyuge e hijos de trabajador que murió en un accidente registrado en la bodega de la empresa Tecnopapel S.A., ubicada en Parque Industrial Los Libertadores, comuna de Colina, en abril de 2015.

La sentencia indica que de lo expuesto, resulta dable inferir que el Tribunal ha efectuado una correcta ponderación de la prueba aportada al juicio, tasando la confesión ficta como si fuera una presunción, extrayendo de los hechos conocidos y asentados por medios de prueba directos (muerte de la víctima por el impacto de una bobina de papel, en el instante en que uno de los demandados operaba una grúa de propiedad de la otra demandada), otros nuevos (operación de la grúa a una distancia próxima y poco segura para la víctima), para los cuales, dada la dinámica del accidente, no se contaba sino con prueba de tipo indirecto o indiciaria.

La resolución agrega que, sin embargo, dado el carácter satisfactivo de la indemnización por daño moral, esta Corte rebajará el monto fijado por el a quo, en una suma de $45.000.000 para la señora, y $8.000.000 para cada uno de los hijos, apreciación que resulta más ajustada y proporcional al daño que debieron soportar los demandantes, con motivo de los hechos consignados en la sentencia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Santiago Rol Nº3.713-2019 y de primera instancia C-17858-2017

 

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