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Imagen: uss.cl
Moción.

Proyecto de reforma constitucional otorga al sufragio el carácter de obligatorio.

Fortaleciendo el sistema democrático mediante una mayor participación ciudadana.

12 de noviembre de 2020

La Moción, patrocinada por las Senadoras Allende y Órdenes, en conjunto a los Senadores Elizalde y Huenchumilla, propone el restablecimiento del voto obligatorio como un deber ciudadano, fortaleciendo el sistema democrático al elevar la legitimidad en la elección de autoridades con una mayor participación de la ciudadanía.

El proyecto señala que el año 2012, la Ley 20.568 consagró la inscripción automática en el Registro Electoral, y el voto voluntario para fortalecer el sistema democrático. Pero, al contrario, esto significó que en la elección de ese mismo año votaron alrededor de 5,7 millones de personas, casi un tercio menos que en la elección presidencial del año 2009.

El plebiscito del 25 de octubre de este año se revirtió la tendencia, con una votación histórica de 7.562.173 lo que representa a un 50% de los potenciales electores, pero que sigue siendo baja y no cumple con los anhelos de participación ciudadana. De tal manera, que se sugiere la obligatoriedad del sufragio para lograr que más ciudadanos se hagan parte de los cambios políticos del país.

En concreto, la iniciativa propone sustituir el inciso primero del artículo 15 de la Constitución  en los siguientes términos:

“En las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario y secreto.

Para los ciudadanos que se encuentran en el registro será obligatorio el sufragio, exceptuando a las personas mayores de 65 años edad, a los privados de libertad y a los chilenos en el exterior.

En el caso de elecciones primarias se mantendrá su voluntariedad.

Se podrá excusar de cumplir con dicha obligación quien no haya podido votar por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección o plebiscito a más de doscientos kilómetros de la comuna que se encuentra inscrito u otro impedimento grave acreditado ante el juez de policía local, antes del sufragio o una semana después del mismo.

El ciudadano que no cumpla con su obligación sin presentar excusas será sancionado con multa de una a tres unidades tributarias mensuales a beneficio municipal.

Para los ciudadanos excluidos de la obligación señalados en el inciso primero, el Servicio Electoral implementará un mecanismo de voto anticipado con los principios establecidos”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº13.881-07 y siga su tramitación aquí.

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