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"Plazo que debe contarse desde la notificación de la resolución concretamente reclamada, fue excedido con creces".

CS rechazó un recurso de queja en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que declaró la caducidad en una reclamación de una multa por infracciones laborales.

El máximo Tribunal descartó falta o abuso grave al acoger la caducidad.

22 de diciembre de 2020

La Corte Suprema rechazó un recurso de queja en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que declaró la caducidad en una reclamación de una multa por infracciones laborales.

La sentencia indica que, en el presente caso, el mérito de los antecedentes no permite concluir que los jueces  recurridos -al decidir como lo hicieron- hayan incurrido en alguna de las conductas que la ley reprueba y que sea necesario reprimir y enmendar mediante el ejercicio de las atribuciones disciplinarias de esta Corte, desde que no se configura un yerro jurídico que pueda ser calificado como falta o abuso de carácter grave.

En efecto, el arbitrio analizado, no procede frente a las deficiencias o infracciones en que pueda incurrir un tribunal, sino en la medida que su entidad sea tal, que configure una conducta abusiva por parte de la judicatura, capital y trascendente, pues no otra cosa quiere señalar la voz grave.

En la especie, no es posible asignarle dicha calidad a lo obrado en autos, máxime, si conforme se lee del petitorio de la reclamación que dio inicio a estos  antecedentes, dicha acción se dirige en específico, en contra de la resolución dictada por la Dirección del Trabajo en el mes de agosto de 2019, que le impuso una multa al quejoso, y no contra aquella que denegó la solicitud de reconsideración efectuada el 6 de septiembre del mismo año.

Agrega que, de este modo, y constando que la reclamación se propuso el 18 de diciembre de 2019, es plausible considerar que el plazo que debe contarse desde la notificación de la resolución concretamente reclamada, fue excedido con creces, lo que justifica la decisión adoptada, teniendo especialmente presente los ámbitos diversos en que son reclamables la decisión administrativa que impone la multa, en relación a aquella que resuelve la solicitud de reconsideración de la misma.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº125.666-2020

 

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