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Covid-19.

CGR determinó que compra de canastas familiares se ha financiado principalmente con cargo al presupuesto de la Subsecretaria del Interior y de los gobiernos regionales.

Esto, a propósito de solicitud del diputado Alexis Sepúlveda Soto, quien consulta sobre la fuente de financiamiento de la compra de dos millones quinientas mil canastas familiares que anunció el Presidente de la República en el mes de mayo de esta anualidad.

25 de diciembre de 2020

Se dirigió a la Contraloría General de la República, el diputado Alexis Sepúlveda Soto consulta sobre la fuente de financiamiento de la compra de dos millones quinientas mil canastas familiares que anunció el Presidente de la República en el mes de mayo de esta anualidad.

Al respecto, el ente contralor adujo que la compra de canastas familiares a que se refiere la consulta se enmarca en el primer anuncio del Presidente de la República sobre el plan “Alimentos para Chile”, en el que se determinó la entrega de una caja básica de alimentos e insumos de higiene o su equivalente, para los hogares más vulnerables y de clase media de todas las regiones del país. Ello, con el propósito de paliar la crisis alimentaria que pudiera generarse con ocasión del confinamiento decretado por la autoridad, tal como se indicó en el dictamen N° E34421, de 2020, de este origen.

Luego, Contraloría manifestó que se ha financiado, principalmente, con los fondos previstos en la ley N° 21.192, de Presupuestos del Sector Público para el año 2020, asignación 002 “Para Atender Situaciones de Emergencia” del subtítulo 24, ítem 03, de la partida 05, capítulo 10, programa 01, del presupuesto de la Subsecretaría del Interior, según dan cuenta las diversas resoluciones de transferencias a las intendencias del país dictadas por esa secretaria de Estado y que han sido tramitadas por esta Entidad de Control.

Enseguida, el órgano fiscalizador expresó que, s su vez, algunos gobiernos regionales han ejecutado el mencionado plan con cargo a los caudales a que alude el numeral 2.1 de la glosa 02 común aplicable a los referidos programas 02 y 03, que autoriza a destinar “hasta un 6% del total de sus recursos consultados en la presente ley aprobada por el Congreso Nacional a subvencionar actividades”, como aquellas de carácter social que indica su letra d), en la medida que se cumplan los requisitos que se prevén.

Posteriormente, el dictamen explica que, como se advierte, para disponer de los recursos necesarios para apoyar a las familias que lo requieren con urgencia, el Ejecutivo ha ponderado diversas fuentes de financiamiento, tales como las enunciadas, para lo cual ha ejercido las atribuciones que le concede el ordenamiento jurídico conforme al artículo 26 del decreto ley N° 1.263, de 1975, el decreto N° 2.137, de 2019, del Ministerio de Hacienda, sobre modificaciones presupuestarias para el año 2020, y las aludidas glosas presupuestarias contenidas en la ley de presupuestos vigente.

Finalmente, el ente contralor hace presente que en el portal web www.contraloria.cl, se encuentra disponible la interfaz “CORONAVIRUS COVID-19”, con información relevante relacionada con la pandemia que afecta al país, tales como decretos de modificación presupuestaria y actos aprobatorios de transferencias de recursos públicos que han sido tramitados por esta Institución en el presente año presupuestario, entre ellas para el financiamiento de las cajas de alimentos de que se trata.

 

Vea texto íntegro del dictamen N° E 61.452N20.

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