Noticias

Con suspensión.

TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del CPC que limita excepción de prescripción en ciertas instancias procesales.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

1 de enero de 2021

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil.

La gestión pendiente incide en autos sobre cobro de pesos, seguido ante el Juzgado de Letras en lo Civil de Villa Alemana, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso, por recurso de apelación, en los que la requirente es demandada.

Al efecto, cabe recordar que la requirente estima que los preceptos impugnados infringirían la igualdad ante la ley, toda vez que dicha norma establece una diferencia entre el litigante que deduce la excepción de forma anterior a la citación a oír sentencia en primera instancia o en segunda, previa vista de la causa, y quien la deduce de forma posterior a dichos hitos procesales. Distinción que, en el caso concreto, es arbitraria, pues genera situaciones jurídicas disimiles, entre iguales sujetos de derecho. Ello supone privar de aplicación en este caso (y sin justificación, según se ha dicho), a una institución establecida con alcance general por el legislador, cual es la institución de la prescripción. Más aún el mismo artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, indica que es posible oponer o deducir la excepción ya comentada, en cualquier estado de la causa, contradiciéndose posteriormente con la frase sobre la cual se solicita su inaplicabilidad. Asimismo, el requerimiento aduce que se vulnera el debido proceso, puesto que se priva a esta parte de las herramientas que el derecho nacional le provee, en especial la excepción de prescripción, cumpliéndose los requisitos para hacerlo. Ello resulta gravemente contrario al ordenamiento constitucional vigente, a las garantías y principios constitucionales, y a los principios más elementales de justicia y razonabilidad aplicables a todo y cualquier procedimiento. Finalmente, el requirente expresa que se transgrede su derecho de propiedad, pues se está obligando al deudor a hacer pago de cuotas prescritas, en conjunto con intereses y reajustes sobre las mismas, incluso habiendo alegado la institución en comento.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes de la gestión invocada por el término de diez días. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 9900-20.

 

RELACIONADO
TC admite a trámite inaplicabilidad pretendida por Clínica respecto de normas del CPC en causa en la que Corte Suprema declaró desierto su recurso de casación en la forma y en el fondo por no depositar dinero para compulsas…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *