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Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra.

Tribunal Español determinó que accidente de Tren Celta se debió a un exceso de velocidad del conductor fallecido.

Al respecto, el Tribunal adujo que, si bien el fallecimiento del maquinista determina la extinción de la responsabilidad penal, la instructora considera que los hechos podrían haber sido constitutivos de cuatro delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y de 47 delitos de lesiones por imprudencia grave profesional.

3 de abril de 2021

El Juzgado de Instrucción número 2 de O Porriño (Pontevedra) ha acordado el sobreseimiento provisional, con reserva de acciones civiles a los perjudicados, de la investigación sobre el accidente del Tren Celta.

Respecto de los hechos, consta que esto sucedió el 9 de septiembre de 2016 y fallecieron cuatro personas, entre ellas el maquinista, y 47 resultaron heridas, 13 de ellas de gravedad. Las pruebas periciales coinciden, según relata la instructora, en que el ferrocarril accedió a la estación a una velocidad de 118 km/h, cuando la máxima permitida era de 30 km/h.

Al respecto, el Tribunal expresó que la responsabilidad de tal exceso de velocidad reside en exclusiva en la imprudencia del maquinista, fruto de una conducción desatenta a las circunstancias de la vía y a su señalización”, asegura la jueza, quien sostiene que “incluso podría indicarse que, si se hubiese observado la velocidad de itinerario marcada con carácter general en el tramo, el tren no habría descarrilado.

Enseguida, la sentencia adujo que, si bien el fallecimiento del maquinista determina la extinción de la responsabilidad penal, los hechos podrían haber sido constitutivos de cuatro delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y de 47 delitos de lesiones por imprudencia grave profesional.

Luego, el fallo descartó tanto un problema de frenado del tren como un fallo de la señalización, al no detectarse ninguna anomalía en las pruebas realizadas. Además, afirma que concluyeron que en el historial reciente de la línea se observan una serie de circunstancias repetitivas en el tramo de aproximación a O Porriño que podrían haber generado una costumbre y una sensación de confianza excesiva en el maquinista.

Finalmente, la jueza explicó que el día anterior al siniestro, en el puesto de mando, situado en Ourense, se detectó en O Porriño un tipo de fallo considerado grave, pues se mostraba una vía como “libre” cuando realmente estaba ocupada. La comunicación entre los responsables de la circulación y del mantenimiento de la infraestructura se resolvió siguiendo escrupulosamente el procedimiento establecido, señala la instructora. Como consecuencia de la anomalía, ese día fueron desplazados dos operarios a la estación de O Porriño, quienes inspeccionaron visualmente los carriles y comprobaron las tensiones en el armario de señalización, sin detectar anomalías. Además, se realizaron varios pasos y cruces de trenes por vías de la estación, pero en ninguno de los casos se reprodujo el fallo.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

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