Noticias

Imagen: Aldaron – Flickr
En relación a ley del Estado de Nueva York.

Corte Suprema de Estados Unidos se pronunciará sobre el derecho a portar armas, amparado en la defensa personal.

La II Enmienda reconoce el derecho del pueblo estadounidense a poseer y portar armas. “Siendo necesaria una milicia bien organizada para la seguridad de un Estado libre, el derecho del Pueblo a poseer y portar armas no será infringido”.

6 de mayo de 2021

La Corte Suprema de Estados Unidas emitirá pronunciamiento respecto del derecho a portar armas de fuego, en un caso relacionado con una ley del estado de Nueva York que autoriza a una persona a portar un arma, siempre que demuestre una buena razón o “causa adecuada” para hacerlo.

La Ley que regula la posesión de un arma de fuego en el estado de Nueva York prohíbe el porte de armas fuera del lugar de residencia o de trabajo. La posesión criminal, como lo describe la ley, conlleva una condena de hasta un máximo 15 años de cárcel.

El asunto fue promovido por una asociación de armas de fuego que impugna la normativa que establece como requisito, para optar a una licencia para portar un arma sin restricciones, que la persona demuestre que tiene una “causa adecuada”, esto es, una necesidad especial de autoprotección.

Antes de declarar la admisibilidad del requerimiento, la Corte ofició a las partes a presentar un cuestionamiento constitucional más específico que el introducido en un principio. Así, limitó la cuestión a acerca de si la negativa de una solicitud para obtener una licencia de porte de arma de fuego, amparado en la defensa personal, infringe la Segunda Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Esta Enmienda reconoce el derecho del pueblo estadounidense a poseer y portar armas. Textualmente señala que “Siendo necesaria una milicia bien organizada para la seguridad de un Estado libre, el derecho del Pueblo a poseer y portar armas no será infringido”.

El antecedente jurisprudencial que motivó la decisión de la Corte está referido a una impugnación previa presentada por la misma asociación, sin embargo, en esa oportunidad se cuestionó la prohibición para transportar pistolas, que tuvieran la debida autorización, fuera de la ciudad en la que se inscribe. Si bien, dicha prohibición se derogó antes que la Corte Suprema emitiera un pronunciamiento de fondo en el asunto, observa que existen criterios disimiles en los tribunales inferiores en relación a la aplicación de las decisiones del máximo Tribunal sobre derechos de armas, por lo que instó a abordar en profundidad este tema.

 

Vea texto íntegro del requerimiento (en inglés).

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *