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Imagen: El Dínamo
Consejeros duran cuatro años.

Proyecto de ley modifica el período de duración de los miembros del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias.

La moción, presentada por los Senadores Juan Castro, Francisco Chahuán y Rafael Prohens, explica que la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional contempla la existencia de un Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias que debe determinar el monto, destino, reajustabilidad y criterios de uso de los fondos destinados a la función parlamentaria. Dicho Consejo se integra […]

11 de julio de 2021

La moción, presentada por los Senadores Juan Castro, Francisco Chahuán y Rafael Prohens, explica que la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional contempla la existencia de un Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias que debe determinar el monto, destino, reajustabilidad y criterios de uso de los fondos destinados a la función parlamentaria.

Dicho Consejo se integra por un ex consejero del Banco Central; un ex decano de una Facultad de Administración, Economía o Derecho de cualquier universidad reconocida oficialmente por el Estado; un ex senador; un ex diputado; y un ex Ministro de Hacienda, de Economía, Fomento y Reconstrucción o un ex Director de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

Estos consejeros duran cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelectos y desempeñar sus cargos en el período legislativo siguiente a aquel en que fueron electos, elección que se lleva a cabo con al menos sesenta días de anticipación al término del respectivo período legislativo.

Pues bien, de acuerdo al proyecto, en la elección de consejeros pueden darse 3 escenarios, a saber, que se reelijan todos, que exista una renovación parcial o que no se renueve ningún miembro. En este último caso, los nuevos consejeros podrán modificar completamente los criterios adoptados hasta la fecha, cuestión que se estima atenta contra la unidad de trabajo y la continuidad del mismo.

Para evitar ello, el proyecto propone alternar la elección de los consejeros ex parlamentarios por una sola vez durante dos años, manteniendo la elección de los otros tres por el período original de 4 años, de tal manera de evitar la renovación total del Consejo entre un período legislativo y otro.

Al efecto, la moción, que deberá ser conocida por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, modifica el artículo 66 de la ley No 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, sustituyendo en inciso quinto la oración «siguiente a aquel en que haya sido elegido» por la oración «que corresponda», mientras que en el inciso séptimo reemplaza la oración «cada período legislativo», por la oración «su respectivo período.»

Además incorpora un artículo transitorio del siguiente tenor: “Prorróguese, excepcionalmente, y por una sola vez, el período de los dos consejeros actuales, ex parlamentarios, por un lapso de dos años, debiéndose efectuar la elección de los dos consejeros de igual proveniencia, con sesenta días de anticipación al término de su respectivo período y por el plazo de los cuatro años correspondiente. Los otros tres consejeros se elegirán por el plazo de cuatro años establecido».

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis en Boletín N° 14465-07.

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