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Imagen: strategoscs.com
Comisión de Gobierno del Senado.

Concluyen votación de indicaciones al proyecto sobre denuncias por actos contra la probidad administrativa.

Una vez que la Comisión especializada emita el informe respectivo, la Sala se pronunciará sobre el proyecto que crea una plataforma de denuncia en Contraloría.

30 de agosto de 2021

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización –presidida por el senador Carlos Bianchi- concluyó con la votación de las indicaciones presentadas al proyecto que modifica la ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo, para promover la denuncia, por parte de los funcionarios públicos, de los delitos y otros hechos irregulares de los que tengan conocimiento.

TODA PERSONA QUE DESEMPEÑE FUNCIONES EN EL ESTADO

Cabe recordar que la iniciativa busca fortalecer y perfeccionar los mecanismos existentes en la legislación para promover que, no sólo los funcionarios públicos sino que todas las personas que desempeñen funciones en la Administración del Estado, cualquiera sea la calidad jurídica en que lo hagan y el estatuto que les sea aplicable, e incluso los ciudadanos particulares, puedan denunciar hechos de que tomen conocimiento al interior de la Administración y que pudieren estimarse constitutivos de infracciones a las obligaciones o deberes ministeriales previstos en el ordenamiento jurídico, sean o no constitutivos de delito.

Para esto, se establecen procedimientos expeditos de denuncias y medidas de protección eficientes y suficientes que motiven la denuncia, especialmente por parte de los operadores del sistema público.

Los integrantes de la instancia especializada coincidieron en “avanzar en un canal serio, de denuncias seguras y que no se convierta en cacería de brujas”; asimismo, procuraron evitar que “los funcionarios que no son buenos funcionarios puedan encubrir sus faltas a través de medidas de protección”.

Con todo, la Comisión aprobó el suprimir en el artículo 1 la definición del denunciante, con el fin de que quede amplio y no se circunscriba a determinados delitos.

En la misma línea se respaldó la eliminación de la palabra “corrupción” en el acceso a la protección al denunciante, para evitar circunscribirlo solo a esto; el beneficio por delación fue reemplazado por “cooperación eficaz”.

En otro orden, se amplía el plazo para resolver, desde Contraloría, de 3 a 5 días; sobre el contenido de la denuncia se repuso el correo electrónico como lugar donde producir las notificaciones y se zanjaron aspectos relacionados a acceso a la protección por parte del denunciante y gestión de la denuncia.

Además se dispone que «la denuncia que se haga a través del canal establecido, también podrá hacerse en contra de instituciones privadas que reciban financiamiento del Estado», con el propósito de fiscalizar determinados fondos.

 

Vea texto íntegro de la moción , discusión y análisis Boletín Nº13115-06

 

 

 

 

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