Comunidad indígena y personas naturales.
Tercer Tribunal Ambiental: Alegaron reclamación contra Parque Eólico Calbuco.
Piden anular RCA del proyecto por indebida consideración de observaciones ciudadanas, lo que es descartado por el SEA.

El Tercer Tribunal Ambiental escuchó este martes los alegatos en la reclamación interpuesta por la Comunidad Indígena Huayun Mapu y dos personas naturales, contra la resolución del Comité de Ministros que rechazó la reclamación administrativa que interpusieron por la indebida consideración de sus observaciones ciudadanas en la tramitación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Parque Eólico Calbuco”, de Energías Calbuco S.A.
Durante su alegato, la reclamante destacó que la autoridad no descartó correctamente los impactos significativos que el proyecto generará en la recolección del Pompon (Spaghnum Magallanicum) que realiza la comunidad en el sector. Según la reclamante, la Administración habría basado el descarte en estudios antropológicos deficientes, cuestionados por la propia CONADI durante la evaluación ambiental, por lo que los efectos en el acceso a dicho recurso natural no habrían sido correctamente descartados.
La comunidad además alegó que la misma deficiencia de los estudios antropológicos impidió evaluar correctamente los impactos del proyecto sobre el patrimonio cultural y, específicamente, sobre la realización del Wetripantu y aseguró que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ignoró las observaciones de la comunidad, que planteó que las medidas de compensación propuestas por el titular respecto de la afectación al paisaje cultural no eran idóneas.
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