El fallo recuerda que la Ley N°19.300 indica que la resolución de calificación ambiental (RCA) favorable de un proyecto o actividad caducará transcurrido 5 años sin que se haya iniciado su ejecución, mientras que el Reglamento del SEIA establece que la gestión, acto o faena mínima que dará cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente debe estar indicada en el respectivo Estudio o Declaración de Impacto Ambiental.
Servicio de Evaluación Ambiental
Corte Suprema ordena abrir nuevo proceso de participación ciudadana por modificación sustancial en proyecto de planta de cerdos en San Javier.
Segundo Tribunal Ambiental dejó sin efecto aprobación ambiental de proyecto inmobiliario de 24 torres en la comuna de Peñalolén.
Primer Tribunal Ambiental rechaza reclamación de pescadores contra proyecto de ampliación de Puerto Coquimbo.
La participación ciudadana es procedente en la tramitación de una Declaración de Impacto Ambiental solo si se verifica que el proyecto genera cargas ambientales.
El proyecto no busca satisfacer necesidades de la comunidad o prestar algún servicio público, por lo que no puede considerarse que genere cargas ambientales.
Tercer Tribunal Ambiental: Alegaron reclamación contra Parque Eólico Calbuco.
Piden anular RCA del proyecto por indebida consideración de observaciones ciudadanas, lo que es descartado por el SEA.
Segundo Tribunal Ambiental realizará inspección en terrenos donde se emplazará proyecto “Terminal Cerros de Valparaíso, TCVAL”.
Las reclamaciones fueron presentadas por la Empresa Portuaria de Valparaíso, así como por agrupaciones y personas naturales y están asociadas a dos resoluciones de la autoridad ambiental.
Segundo Tribunal Ambiental autorizó renovación de medida de clausura total de las instalaciones de proyecto inmobiliario de Inversiones Lampa SpA.
Para determinar la extensión de la medida de clausura total, la resolución consideró que si bien tanto el Servicio de Evaluación Ambiental y como SMA, concluyen que el proyecto debería contar con una RCA favorable para poder ejecutarse, los dos organismos disienten en los fundamentos para sostener que el proyecto está eludiendo el Sistema de Evaluación Impacto Ambiental (SEIA).
Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación contra proyecto inmobiliario en Plaza Egaña presentada por vecinos y agrupaciones vecinales de Ñuñoa.
La reclamación fue presentada por la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Ñuñoa, la Junta de Vecinos Parque Gorostiaga y un grupo de vecinos de esa comuna, luego que el director ejecutivo del SEA rechazó los recursos de reclamación contra la RCA favorable del proyecto.
CS revocó parcialmente sentencia y acogió parcialmente protección contra Servicio de Evaluación Ambiental por poner término a «contratas» de recurrentes.
La sentencia revocatoria fue acordada con los votos en contra del Ministro Carlos Aránguiz y del Abogado Integrante Antonio Barra.