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Tenencia de mascotas.

Proyecto de ley regula el traslado de mascotas en el transporte nacional de pasajeros.

Se hace urgente avanzar en una regulación que permita viajar con mascotas sin que aquello quede supeditado a normas ambiguas o al criterio del conductor.

4 de noviembre de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Ossandón, Del Real y Leuquén y los Diputados Rey, Celis, Longton y Castro, propone que todo transporte nacional de pasajeros deba admitir siempre mascotas u animales domésticos, sea que viajen con sus dueños o con un tercero mandatado por éstos, sin discriminación de ninguna especie.

Los autores señalan que actualmente no existe una regulación general y clara respecto al transporte de animales domésticos en los diversos medios de transporte utilizados en territorio nacional.

Constatan que, respecto a la regulación del transporte de mascotas en los vehículos particulares, la Ley de Transito indica que se prohíbe su transporte en los asientos delanteros y que en caso de ser transportados en la parte trasera deberán ir lo suficientemente asegurados con arneses especiales.

Destacan que, para el caso del transporte público y de la locomoción colectiva de pasajeros se establece una norma bastante ambigua, que prohíbe admitir animales que molesten a pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo, lo que, en la práctica, termina siendo una decisión que queda al arbitrio de los choferes.

En ese sentido, los autores de la moción exponen regulaciones particulares que tienen los diferentes medios de transporte. Por ejemplo, el transporte en metro permite viajar con mascotas solo en canastos cerrados y acondicionados; el metro tren de Limache a Valparaíso permite trasladar mascotas solo en jaulas o caniles acondicionados para ello; las líneas aéreas, por su parte, detallan una serie de requisitos para poder volar con mascotas, dependiendo de la especie, la edad, el número, el comportamiento, el lugar donde se ubicarán, entre otros.

Estiman que es urgente tener una regulación integral que permita viajar con las mascotas, sin que ello quede supeditado a normas ambiguas o a los simples criterios de los conductores, lo que, a su vez, debe venir aparejado de un reglamento que determine las condiciones con las que debe procederse en los viajes, resguardando la seguridad de las personas y los animales.

La iniciativa establece que: “Todo transporte nacional de pasajeros, deberá admitir siempre el transporte de mascotas u animales domésticos, sea que viajen con sus dueños o con un tercero mandatado por éstos, sin discriminación de ninguna especie, con la sola excepción de las contempladas en el respectivo reglamento y siempre que se funden en razones de seguridad”.

Además, elimina el numeral 4 del artículo 91 de la Ley N°18.290, de Transito, que prohíbe a los conductores de vehículos de locomoción colectiva y taxis de admitir animales, canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo.

La iniciativa pasó a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto de la moción, análisis y discusión del proyecto Boletín N°14663-15.

 

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  1. Que ocurre con la ley ??
    Ningún bus quiere trasladarme con mi mascota que es de compañía por contención emocional .A pesar de llevarlo en óptimas condiciones y preocupación siendo una persona más de la familia,se niegan a llevarlo en forma rotunda,causando dolor y ansiedad a mi niña .
    Que ocurre con la ley ,la mayoria de los estudiantes lejos por todo un año de su familia por sus estudios llevan su animalito de compañía y los buses interprovincial niegan a llevarlos .
    Que ocurre con la Ley???
    es necesario más información al respecto .