La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado en representación de interna del Centro Penitenciario Femenino de Santiago, sancionada por Gendarmería por utilizar audífonos o manos libres para escuchar dispositivo de audios MP3 autorizado.
El fallo señala que Gendarmería señala en su informe que a la amparada se le autorizó la utilización de un MP3, pero no así de audífonos o manos libres, por lo que incurre en la infracción establecida en el artículo 78 letra j) del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios.
La resolución agrega la amparada contaba con autorización otorgada por Gendarmería para utilizar un MP3, que supone el uso de audífonos para poder escuchar el contenido del aparato, por lo que la aplicación de la sanción disciplinaria carece de fundamento fáctico, pues se requiere de ellos según su utilización común.
Por lo tanto, concluye que se hace necesario dictar las medidas pertinentes para dejar sin efecto la sanción y reponer el estado inicial en que se encontraba la amparada, motivo por el cual debe acogerse esta acción de amparo.
Vea texto sentencia Corte Suprema Rol Nº3.563-2022 y Corte de San Miguel Rol N°11-2022.
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