Noticias

Imagen: Codelco
Recurso de unificación de jurisprudencia inadmisible.

Corte Suprema acogió demanda por enfermedad profesional que ordenó a empresa minera pagar una indemnización de $25.000.000 por concepto de daño moral, a trabajador que le prestó servicios en régimen de subcontratación y que enfermó de silicosis.

El máximo Tribunal desestimó el arbitrio al no acompañar el recurrente sentencias de contraste con la materia resuelta en la resolución impugnada.

18 de mayo de 2022

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda por enfermedad profesional y que ordenó a la demandada Codelco Chile División Andina, pagar una indemnización de perjuicios de $25.000.000 por concepto de daño moral, a trabajador que le prestó servicios en régimen de subcontratación y que enfermó de silicosis.

El fallo señala que, la materia de derecho propuesta en el recurso de unificación, en relación con los hechos establecidos en el fallo impugnado y el razonamiento entregado por la judicatura del fondo, se distancia de lo resuelto en los de contraste, por cuanto en ambas sentencias acompañadas, si bien se trata de demandas por indemnización de perjuicios por enfermedad profesional, lo cierto es que el motivo por el cual fueron rechazadas, difiere de lo aquí resuelto, ya que, en autos, la razón que da el tribunal para rechazar la demanda respecto de los demandados, es la falta de prueba respecto del nexo causal entre el actuar de aquellos y el daño provocado al actor, habiendo sido todos sus empleadores emplazados en el proceso, en circunstancias que en los casos que se traen a modo de contraste, las demandas fueron desestimadas por cuanto no se emplazó a todos los empleadores y probables generadores del daño.

Añade que por lo tanto, al no concurrir los mismos antecedentes fácticos ni jurídicos, resulta imposible efectuar el cotejo que se requiere para la procedencia de este arbitrio excepcional y de derecho estricto, de lo que fluye su desestimación en esta etapa procesal.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº88.479-2021, Corte de Valparaíso Rol Nº455-21 y primera instancia  Rol O-56-2018.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *