La moción, patrocinada por la Diputada Marta González y los Diputados René Alinco, Jaime Araya, Carlos Bianchi y Héctor Ulloa, modifica el Código del Trabajo para disponer la entrega de información expresa sobre las remuneraciones asociadas a las ofertas de empleo.
Los autores señalan que una de las situaciones más complejas que debe enfrentar una persona que se encuentra buscando trabajo, es responder a su potencial empleador sobre las pretensiones de renta a percibir en relación con el cargo, de ser contratado. Así, las personas que buscan empleo, además de presentar sus mejores credenciales y demostrarse aptas para cumplir las labores que han de cubrirse, deben estar actualizados respecto al promedio de remuneraciones que el mercado paga, en relación con el cargo.
Sostienen que tal situación genera efectos adversos para todos quienes postulan a un determinado empleo, toda vez que surge el temor de no ser seleccionado por tener pretensiones demasiado elevadas. Así, se tiende a nivelar hacia abajo, proponiéndose incluso remuneraciones inferiores al promedio, aun cuando las aptitudes y conocimientos de un individuo sean suficientes para resultar contratado y bien remunerado.
Por ello, estiman que se debe transparentar tal información, a fin de que el postulante a un trabajo tenga pleno conocimiento sobre la remuneración asociada a un determinado cargo, con el fin que la persona que se encuentre buscando trabajo tenga plena libertad de decidir si postular o no.
En tal sentido, hacen presente que la legislación laboral ha de apuntar siempre hacia la igualdad en las condiciones existentes entre el empleador y el trabajador y, en la especie, la regulación propuesta libera a quien postula a un determinado empleo a responder preguntas incómodas, tendenciosas y que no se relacionan con las aptitudes que debe mostrar quien pretende ser seleccionado en un trabajo.
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En virtud de lo expuesto, proponen incorporar un nuevo artículo 41 bis al Código del Trabajo, del siguiente tenor:
Artículo 41 bis: “Las ofertas de trabajo realizadas por cualquier medio, sean efectuadas por un empleador de manera directa o a través de terceros, deberán señalar de manera expresa, clara y precisa, la remuneración asociada al cargo o puesto de trabajo ofrecido. Se prohíbe al empleador consultar a los postulantes, en cualquier momento, respecto de sus pretensiones de renta relacionadas al cargo o puesto de trabajo ofertado. La infracción a la presente norma será sancionada en virtud de lo establecido en el artículo 506 del presente Código”.
Vea Boletín N°15163-13 y siga su tramitación aquí.