Con el fin de facilitar el acceso a la salud preventiva de la población masculina, la Sala despachó a la Cámara Baja, el proyecto que eximir del requisito de orden médica a quienes soliciten la realización del examen de antígeno prostático.
Con 28 a favor, los senadores despacharon a segundo trámite la propuesta –de artículo único- iniciada en moción de los senadores Juan Luis Castro, Francisco Chahuán, Iván Flores, María José Gatica y Paulina Nuñez.
El texto fue estudiado por los integrantes de la Comisión de Salud, quienes valoraron su idea matriz perfeccionándola. Así se aprobó la siguiente redacción:
“Los beneficiarios que soliciten realizarse el examen de antígeno prostático no requerirán la orden médica respectiva para respaldar el otorgamiento del examen”.
En la Sala, el presidente de la Comisión de Salud, Juan Luis Castro explicó los alcances de la norma indicando que “en Chile, cada año se diagnostican 25 mil pacientes de cáncer de próstata y un 40% de ellos conocen su condición, cuando la enfermedad ya ha avanzado, por eso es clave la prevención usando el antígeno prostático. El proyecto viene a facilitar el acceso a este examen”.
Durante el debate hicieron uso de la palabra los integrantes de la citada instancia, senadores Francisco Chahuán, Iván Flores y Ximena Órdenes. Éstos recordaron el precedente que se generó con la aprobación de la ley que permite la realización de mamografía sin orden médica, el alza de las cifras de cáncer en el país, la incidencia de cáncer de próstata y el hecho que no esté codificado dentro de la medicina preventiva.
ANTECEDENTES
El cáncer de próstata es una causa frecuente de muerte por cáncer, cuya detección temprana puede ser un instrumento importante para obtener el tratamiento adecuado y oportuno.
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Existen varios trastornos no cancerosos que también aumentan el nivel de antígeno prostático específico, por lo tanto, el antígeno prostático constituye una de las herramientas utilizadas para detectar señales tempranas del cáncer de próstata, que es más fácil de tratar si se diagnostica anticipadamente.
De acuerdo a indicaciones médicas, todo hombre que cuentan con antecedentes familiares de la enfermedad, debe someterse a un control urológico anual a partir de los 40 años, mientras que la población masculina en general, debería chequearse desde los 45 años.
Vea moción, discusión y análisis Boletín Nº15582-11