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Imagen: elinsular.cl
Contempla pasar por las comunas de Puerto Varas, Puerto Montt, Maullín, Calbuco y Ancud.

Tercer Tribunal Ambiental realizó audiencia de alegatos en reclamación por evaluación ambiental de proyecto de transmisión eléctrica en Los Lagos.

En la audiencia, presentaron sus alegatos el conjunto de reclamantes, el Servicio de Evaluación Ambiental y el tercero independiente.

7 de abril de 2023

El Tercer Tribunal Ambiental escuchó los alegatos de las partes, por reclamación en contra de la resolución dictada por el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Lagos, que rechazó la solicitud de invalidación interpuesta por un grupo de personas en contra del ICSARA (Informe Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones) y todos los actos posteriores en el procedimiento de evaluación del EIA “Sistema de Transmisión S/E Tineo – S/E Nueva Ancud”, de la empresa Transmisora del Pacífico S.A.

El proyecto consiste en la construcción y operación de una línea de transmisión eléctrica que contempla pasar por las comunas de Puerto Varas, Puerto Montt, Maullín, Calbuco y Ancud.

El reclamante solicitó al Tribunal dejar sin efecto la resolución que rechazó la invalidación y, como consecuencia, el ICSARA y los actos posteriores, especialmente, el ICSARA Complementario y el ICSARA Excepcional, invalidando toda la evaluación ambiental, ya que existiría falta de información esencial para la evaluación del proyecto. Se refirió a la necesidad de que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) se hubiera pronunciado, señalando que sin su participación no se podrían descartar los efectos de un proyecto de transmisión eléctrica. Agregó que la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en gran medida depende de lo que digan los organismos sectoriales.

Además, se refirió al desconocimiento sobre si se está cumpliendo con el proceso de Consulta Indígena. A su juicio, no habrían actuaciones por parte de la administración vinculadas a dicho proceso.

A su turno, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) solicitó que la reclamación sea rechazada, pues a su juicio, el reclamante confunde las formas de impugnación de la evaluación ambiental. Indicó que el ICSARA corresponde a un acto de mero trámite y que no es un acto terminal, pues la evaluación del proyecto aún no ha finalizado.

También se refirió a que el SEA Región de Los Lagos amplió la medida provisional que suspende la evaluación hasta mayo de 2023, con el objeto de llevar a cabo el proceso de Consulta a Pueblos Indígenas.

Durante la audiencia, realizó sus alegatos, el tercero independiente, en representación de la empresa, quien solicitó el rechazo de la reclamación en todas sus partes ya que, a su juicio, la reclamación se basa en hechos que no son efectivos y que ninguno de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA) indicó falta de información.

 

Vea recurso de reclamación y expediente R-2-2023

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