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Próxima a ser promulgada y publicada.

A ley proyecto sobre protección y reparación integral para hijas e hijos de víctimas de femicidio.

La propuesta fue respaldada por amplia mayoría y quedó en condiciones de ser promulgada como Ley de la República.

21 de abril de 2023

Apoyo transversal recibió el proyecto de ley que crea un régimen de protección y reparación integral para las víctimas de femicidio y sus familias (Boletín 14013).

La propuesta, iniciada por moción de las diputadas Karol Cariola, Marcela Hernando, Pamela Jiles, Maite Orsini, Camila Rojas, Alejandra Sepúlveda y Gael Yeomans, y de las ex diputadas Maya Fernández, Andrea Parra y Natalia Castillo, fue respaldada por amplia mayoría en el Congreso, quedando en condiciones de ser promulgada como Ley de la República.

La iniciativa contó con el respaldo del Ejecutivo que presentó indicaciones que lo modificaron sustancialmente.

La iniciativa legal reconoce el derecho a una pensión para las y los hijos de las víctimas de femicidio o suicidio femicida. El monto del beneficio ascenderá a $160.000 y será pagado mensualmente a las y los beneficiarios. El reajuste de la pensión será el 1 de febrero, de acuerdo al IPC determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.

En la discusión en el Senado, se estableció que, en un plazo de seis meses, el Ejecutivo deberá dictar el reglamento que regule el pago de esta pensión. En él se establecerá la forma de acreditar los requisitos para su otorgamiento, causales de extinción o suspensión, entre otras regulaciones.

Finalmente, la Sala de la Cámara, en tercer trámite constitucional, aprobó la propuesta del Senado de perfeccionar las definiciones de víctimas que establece la norma. Entre ellas, reconocer a la madre o al padre de las hijas o hijos de la ofendida por el delito. Junto a esto, reconoce también a quienes tengan el cuidado personal de éstos. Finalmente, reconoce a la actual pareja de la ofendida que tenga una relación de carácter sentimental sin convivencia.

La iniciativa legal establece, además, que la calificación administrativa de víctima que establezca el Ejecutivo no tendrá ningún efecto en la determinación de las responsabilidades que deriven de los hechos. Y agregó que éstas deben ser establecidas por los tribunales competentes conforme a lo dispuesto en la ley.

La nueva norma también otorga un fuero laboral, por hasta un año, a las víctimas de femicidio frustrado o tentado. Para esto, la afectada deberá presentar al empleador la denuncia interpuesta ante las policías o el Ministerio Público.

Junto a esto, se agregó que la víctima podrá solicitar la adecuación temporal de sus prestaciones laborales durante el plazo que dure el fuero. Esto, con el fin de permitir su debida reparación y protección.

La norma, asimismo, establece la suspensión y privación de derechos y responsabilidades parentales a quienes comentan este delito. Paralelamente, establece que quienes sean reconocidos como víctimas de un femicidio, accederán prioritariamente a beneficios y programas estatales, con el objeto de garantizarles un adecuado nivel de vida.

Durante la tramitación en el hemiciclo, se agradeció a las organizaciones de familiares que motivaron la creación de esta iniciativa. Su participación también fue reconocida por la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana quien destacó el diálogo generado entre todos los sectores lo que permitió evidenciar que la preocupación sobre la materia no es “únicamente de un sector político”.

La ministra explicó que el foco de este proyecto es la reparación. Esto, porque las normas vinculadas a la prevención y sanción de la violencia de género se tramitan en el proyecto integral en contra de la violencia hacia las mujeres (Boletín 11077). Dicha iniciativa se encuentra en el Senado y cuenta con calificación de urgencia otorgada por el Gobierno.

Junto a lo anterior, aseguró que el enfoque de género en las políticas públicas y la erradicación de la violencia contra las mujeres fortalece el Estado de Derecho. En tal plano, indicó que el Ejecutivo seguirá avanzando en medidas legislativas y administrativas en esa dirección.

 

Vea Boletín 14013 y texto de la ley.

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