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Imagen: SERNAPESCA
Islas Guaitecas.

Superintendencia del Medio Ambiente inicia procedimiento sancionatorio contra salmonera por sobreproducción.

La titular de la salmonera puede ser multada con más de 3.800 millones de pesos.

28 de junio de 2023

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en cumplimiento a su deber de protección de la salud de las personas y el medio ambiente, formuló cargos contra el Centro de cultivo de salmónidos (CES) LEUCAYEC, de la empresa Salmones Camanchaca S.A., ubicado en la Región de Aysén, por sobreproducción.

El proyecto consiste en la producción de 5000 toneladas de salmones, mediante la utilización de 20 balsas jaulas cuadradas.

Durante el año 2021, la SMA recibió una denuncia del Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA), que indicaba que la empresa habría infringido la ley por “Sobreproducción durante el ciclo productivo efectuado entre el 13 de marzo de 2019 y el 04 de julio de 2020”. En su denuncia expuso que “la sobreproducción se caracteriza por ser una infracción que atenta de manera directa en contra de la sustentabilidad ambiental y sanitaria del sector acuícola, puesto que se vulnera todo el sistema de normas y autorizaciones que se tuvo en consideración para efectos de establecer una producción óptima desde el punto de vista sanitario y, por otro lado, compatible con los niveles de capacidad de los cuerpos de agua lacustres, fluviales y/o marítimos”.

En base al hecho establecido, la Superintendencia decidió formular un cargo grave contra el proyecto, por “superar la producción máxima autorizada en el CES LEUCAYEC (RNA 110860), durante el ciclo productivo entre el 13 de marzo de 2019 y el 04 de julio de 2020”.

El titular del proyecto se expone a multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $ 3.800 millones.

La formulación de cargos por la SMA da inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio, que le da la oportunidad a los infractores para que, en un plazo de 10 días presenten un Programa de Cumplimiento para cesar o mitigar las emisiones, o bien, 15 días para formular descargos ante la Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

 

Vea texto de Resolución Exenta N°1 / ROL D-143-2023 de la SMA.

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