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Falta de servicio.

Municipalidad de Curicó debe pagar indemnización de $60.000.000.- a menor de edad y a su madre a título de daño moral al acreditarse que fue golpeado por otro alumno en un colegio municipal de dicha comuna.

El colegió intentó esconder la agresión indicando que sólo se trató de “una caída durante el recreo”, no obstante, el personal de salud que asistió al menor dio cuenta de una lesión renal ocasionada por un fuerte golpe, irregularidad que puso de manifiesto una errada aplicación del protocolo de accidentes escolares de parte del establecimiento.

19 de julio de 2023

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Talca, que confirmó aquella de base que hizo lugar a una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio, con declaración que aumentó el monto indemnizatorio decretado a título de daño moral.

Se demandó a la Municipalidad de Curicó, solicitando la indemnización de los perjuicios ocasionados al hijo de la actora, un niño de seis años, mientras se encontraba en la jornada escolar al interior de un colegio municipal de dicha comuna.

La demandante expuso que mientras estaban los cursos en recreo en el patio del establecimiento, un niño le pegó una patada por la espalda a su hijo, quien cayó al suelo, y al levantarse sentía mucho dolor en la parte de los riñones.

Desde el colegio, contactaron a la demandante indicando que el menor “había sufrido una caída durante el recreo”. Luego de retirar a su hijo aquel día, producto de este evento, y al llevarlo al centro asistencial para una evaluación, el personal de salud determinó intervenir de emergencia al menor, pues presentaba una grave lesión en la parte baja de la espalda, denominada “hidronefrosis izquierda” que se condecía con un fuerte golpe y no con una mera caída. De esta manera, la actora ha tenido que acompañar el tratamiento de su hijo en esta lesión en uno de sus riñones, manteniendo la incertidumbre si el órgano se recuperará conforme se desarrolla el niño; por lo tanto, solicita al tribunal la suma de $50.000.000.- a título de indemnización por daño moral para la madre, y $100.000.000.- por el mismo concepto en favor de su hijo.

La actora fundó su pretensión en que la falta de servicio devino de una inadecuada aplicación del protocolo de accidentes escolares, así como del incumplimiento del deber de vigilancia y cuidado que el colegio debe cumplir respecto de los alumnos.

El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, y condenó al municipio al pago de $10.000.000.- en favor de cada uno de los demandantes; decisión que fue confirmada por la Corte de Talca, con declaración que aumentó el monto indemnizatorio para el menor de edad a $50.000.000.-.

En contra de este último fallo, la Municipalidad interpuso recurso de casación en el fondo, acusando la infracción del artículo 1702 del Código Civil y artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.

La recurrente atacó el valor probatorio dado por los jueces del fondo al certificado médico extendido por una doctora, el cual fue acompañado en juicio “bajo apercibimiento legal”, sin ningún tipo de referencia a la norma que contendría tal apercibimiento, en circunstancia que el mismo debió tenerse por acompañado “con citación” atendida su naturaleza jurídica, de esta manera pudo inducir a error al sentenciador de primea instancia y luego a la Corte de Apelaciones al estimarlo como un documento “reconocido” no siendo así. Refiere que este yerro es de importancia, ya que es en base a este documento que los jueces de fondo estimaron acreditado el daño moral invocado por la demandante.

El máximo Tribunal desestimó el recurso de casación en el fondo, luego de razonar que, “(…) resulta evidente que lo que realmente impugna la recurrente es la apreciación de la prueba rendida en autos, aspecto que corresponde a una facultad privativa de los jueces del grado y, en consecuencia, no susceptible de ser revisada a través del recurso de casación en el fondo”.

En tal sentido, el fallo hace notar que, “(…) la demandada pretende que la acreditación del daño moral sufrido por la madre, no tendría base jurídica ni fáctica, sin embargo, ello se contradice con la gravedad del daño que fuera establecida en la sentencia recurrida, el cual está dado, fundamentalmente, por que su hijo de seis años resultó con daño en el riñón y junto con mantener un diagnóstico de leve simetría renal, requerirá controles constantes por los efectos que puedan producirse en su desarrollo, con la consecuente incertidumbre y angustia que ello importa”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo.

 

Vea sentencias Corte Suprema Rol Nº26.437-2023. Corte de Talca Rol Nº24-2021 y Juzgado de Letras de Curicó RIT C-2941-2018.

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  1. Mi solidaridad y afecto por ese niñito y su madre. Todos nos preguntamos ¿qué hay de la investigación para saber quién lo hizo? (suponemos que se hizo o continúa). Un menor que ha hecho eso, debe ser sometido a un tratamiento, porque es evidente que algo no está funcionando en su psiquis o en su entorno familiar y hay que tomar medidas para enderezarlo, tanto por su bien como por otros menores que pueden verse expuestos

  2. esto se puede haber evitado los fondo están para tener mejor calidad de vida no solamente en curico si no en todos los municipios del país falta más fiscalización
    y en los hogares mejor enseñasa de parte de los padre con los hijos para que les enseñen buenos modales y mucho respeto desde niño aprenden a demostrar lo que serán cuando sean adultos

  3. si los colegios estuvieran atento a lo que pasa con los alumnos y alumnas en los recreos y salas de clase.no tendríamos a esas familias sufriendo por la pérdida de sus hijas .no tendríamos suicidio de adolescentes.esto es un llamado al SEREMI de educación.falta fiscalización.no basta una ley de bullying.es ocuparse de los alumnos y averiguar cuáles son las causas de que un niño o niña sufra agresiones de otro alumnos en los colegios..una ley de bullying no devuelve la vida de un o una adolescente.cuando se pierde esa vida no vuelve a nacer..yo soy abuela de una adolescente que sufrío bullying en un colegio..los papá pensaban que ella era regalona . hablaron con el prefecional sicólogo del colegio no solucionan nada..la niña no quería ir al colegio..y si iba llamaban a la mamá.(mi hija) que se sentía mal y la llevan a casa.pasaron dos años en eso .y este año mi nieta fue más difícil estar en clase.. la llevaron a una terapeuta (sicóloga) para ver qué pasaba la niña odia el colegio.y es una niña con tea.nadie se dió cuenta . hoy no va a clases está esperando un siquiatra para un diagnóstico.para presentarlo el colegio..pero para el colegio solo le importa las clases.llaman a la mamá .no para preguntarle cómo está la alumna.sino porque no va a clases.porque es un colegio subencionado. mi nieta no va a clases mientras no la trate un médico adecuado para un diasnostico.mi hija necesita su hija con vida .da lo mismo si repite el año para nosotros como familia queremos que esté bien de salud.y no una alumna menos falta mucho para los colegios…hay profesores que no entienden la situación de un alumno.para los docentes quieren alumnos y alumnas perfectas con altas calificaciones pero no miran condiciones de cada uno de los adolecentes en sala de clases…hago un llamado a las universidades.que salgan profesores y maestros de salas de clases que entiendan. a los adolescentes y no solo miren un sueldo.los padres entregan a sus hijos e hijas para un apoyó en su crianza.pero la universidades se olvidan de enseñarle a los profesionales que hay distintas mentes y cerebros en los estudiantes ..NO queremos más adolecentes sufriendo en secreto.queremos alumnos felices y padres con sus hijos en sus regazos y no en un cementerio

    1. Muchos padres de familias, acudientes o responsables de sus hijos, delegan la educación emocional, en principios o valores, etc., en los colegios y docentes. Hay responsabilidad de pate y parte. En los colegios se reciben estudiantes con malas costumbres, miedos, desequilibrios y limitaciones que deben ser trabajados desde casa. Los padres de familia no pueden delegar estas cosas. Cada familia, cada padre es irremplazable y en conjunto o de a tres (PADRES/ESTUDIANTES/INSTITUCONES) podemos trabajar las mejoras correspondientes. El proceso de vida y la formación integral es tarea de todos.

  4. encuentro muy bien que esa madre ganará el juicio.ya que hay muchos colegios donde hay maltratos de alumnos y alumnas y los colegios no dan la importancia.en los ángeles sucede lo mismos.hay alumnos y alumnas y con condiciones especiales pero no declaradas y los profesores según para el colegio son niños problemas..no siempre un niño o niña son diasnosticada a tiempo por falta de un buen médico lo que muchas veces no hay en las ciudades más chica ..y los colegios tienen un sicólogo pero ése profecional lo paga el colegio.por lo tanto la importancia de que ese profecional diga el verdadero problema de un alumno o alumna y apoye a las familias son remotas.el ministerio de educación debería de tener inspectores de salud para revisar a cada colegio.particular subencionado y municipales.. y no tendriamo el dolor como padres.

  5. Que tristeza por tu niño ,el echo que sigan existiendo los matones en los colegios y las autoridades del establecimiento se mantengan impertérritos habla muy mal ……el que causó daño debe pagar por esto,en el fondo deben pagar los padres del engendro..

  6. si se les cobra los daños a los padres de niños agresores, habría menos delincuencia y menos bullying. ahí se los dejo a los legisladores, para que que justifiquen sus sueldazos.

  7. que terrible que un niño tan pequeño deba pasar por estas cosas. quien habrá cometido este hecho, debe haber algún responsable ya que le puede hacer daño a otro niño , las escuelas deben tener más vigilancia sobre los niños ya que son lo más valioso de las familias.

  8. Existen daños por ambos lados . En la dictadura tenía trece años y nadie me contará hechos o sucesos . Nada justifica la violencia y los daños . En esa época conocí el hambre y el miedo , el año 72 caminaba muy temprano a comprar el pan y vi cadaveres . Muchas armas . Después la contrapartida . Aprendamos de la historia .

  9. Ejemplar… soy profesora y siempre se les baja el perfil a estas lamentables situaciones… lo viví con mi hijo trabajando en la misma escuela y vi como otro le pegaba (le hizo bullying todo ese año)…sobre la misma dejé la embarrada y renuncie en el momento… no es posible que bajen el perfil a situaciones como esta… merecido castigo… ojalá que el golpeador y sus padres tomen consciencia de lo ocurrido y la persona que hizo el protocolo de accidentes analice bien si quiere volver a mentir nuevamente…

  10. Un Daño Renal,aumenta año tras año,y es irreparable,Telo digo ya q estuve 3 años con Diálisis y ahora estoy Trasplantada,gracias a Dios .pero el q hizo el daño debe pagar.

    1. en el colegio Manuel Orella, en la comuna de Caldera, 3 región u la alumnos del curso de 7 y 8 básico, llevaron a 3 niñitas de 2 y 3 básico a los baños y abusaron sexualmente de ellas, el colegio no se refirió al tema y oculto toda tipo de información a los apoderados, si no es por que las niñitas hablaron con sus padres nadie se entera.. hasta el momento todo se ha ocultado, lamentablemente es los establecimientos educacionales pasa frecuentemente.

  11. Si bien es cierto la indemnización es valiosa, incluso para solventar los gastos médicos, no se señala nada al respecto del agresor que también debió merecer un castigo ejemplificador o se debe suponer que además del notable abandono del colegio, también ampara la violencia y el bullying??

    1. Bien me parece la sentencia, hay ocasiones en qué los colegios pasan por aquí no a pasado nada, pero esa no es la idea todos los colegios tienen tienen departamento de prevención y riesgo y lo que tuvo el niño fue un accidente provocado por una agresión violenta y en colegió no tomó las medidas pertinentes de forma inmediata de trasladar por ellos mismos al niño agredido y citar de inmediato a los padres del agresor para darle solución a una agresión violenta de su hijo contra otro niño, la justicia prevaleció en favor del niño agredido y su madre por la angustia de ser agredido su hijo de tan solo seis años, bien por la justicia.

    2. Pablo.
      Si bien es cierto el daño lo porvocs otro alumno, es tambien cierto que lo hace sin la conciencia del daño que ouede provocar ye en ese sentido que no existen niños que cometen bulling presos, la sanción es solo del colegio y nada tienen que ver los tribunales

    3. Ejemplar… soy profesora y siempre se les baja el perfil a estas lamentables situaciones… lo viví con mi hijo trabajando en la misma escuela y vi como otro le pegaba (le hizo bullying todo ese año)…sobre la misma dejé la embarrada y renuncie en el momento… no es posible que bajen el perfil a situaciones como esta… merecido castigo… ojalá que el golpeador y sus padres tomen consciencia de lo ocurrido y la persona que hizo el protocolo de accidentes analice bien si quiere volver a mentir nuevamente…