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Recurso de protección declarado admisible.

Diputada Maite Orsini solicita se deje sin efecto sanción que la separa por 6 meses de la Octava Compañía de Bomberos de Santiago.

La parlamentaria acusa un trato desigual respecto de otros colegas de la Cámara que igualmente son bomberos, y no han sido separados de las filas de la institución por faltar a actos obligatorios de la misma. Indica que es una tradición respetar la calidad de bombero a quienes ejercen cargos de elección popular, ya que el cumplimiento de las obligaciones como diputada la eximen de acudir a los eventos de carácter obligatorio a los que sea convocada.

31 de julio de 2023

La Corte de Santiago declaró admisible el recurso de protección interpuesto por la diputada Maite Orsini en contra del Cuerpo de Bomberos de Santiago, que sancionó a la parlamentaria con la separación de las filas de la institución por un plazo de seis meses.

La actora acusó que se le aplicó una medida disciplinaria de forma arbitraria e ilegal, debido a que fue separada de la Octava Compañía de la ciudad por su inasistencia a actos obligatorios del Cuerpo, sin considerar la imposibilidad de acudir a dichos eventos debido a sus obligaciones como miembro de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Agrega que la sesión donde se discutió el castigo, así como la notificación del procedimiento sancionatorio, no se ajustaron a derecho, debido a la inobservancia por sus superiores del propio reglamento del Cuerpo de Bomberos, ya que todo el proceso se encuentra viciado al no ser emplazada debidamente, y no cumplir con los requisitos para sancionar a un bombero que reviste un cargo de elección popular.

Luego se refiere a una larga lista de Honorables que durante los 160 años de historia del Cuerpo de Bomberos han integrado sus filas, y no se les ha excluido por estar justificada su inasistencia en razón de sus obligaciones como parlamentarios. Menciona a los ex diputados o senadores como Manuel Antonio Matta y Benjamín Vicuña Mackenna; a los ex presidentes Pedro Montt y Aníbal Pinto, y a figuras más actuales como el alcalde Rodolfo Carter y la diputada Karol Cariola.

Alega que la suspensión de su calidad de bombero por el plazo de seis meses no encuentra asidero en la tradición y reglamentos de la institución, por lo que dicha decisión vulnera la igualdad ante la ley, ya que fue tratada de forma desigual encontrándose en similares condiciones que otros colegas de la Cámara que igualmente son bomberos; asimismo, se ha conculcado el derecho de propiedad que posee respecto de su membresía a la institución recurrida; por lo tanto, solicita a la Corte que deje sin efecto la medida de separación adoptada por sus superiores, y que restablezca el imperio del derecho.

La Corte de Santiago declaró admisible el recurso de protección, y ordenó informar al Cuerpo de Bomberos dentro de cinco días, debiendo acompañar todos los antecedentes que existan sobre el asunto.

 

Vea resolución Corte de Santiago y texto del recurso de protección.

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  1. Los bomberos y bomberas voluntarias de nuestro país hacen gala de un servicio desinteresado y gratuito, que no busca publicidad ni provecho propio, por ningún concepto. Por lo mismo, resulta muy extraño que alguien que integra, o ha integrado, sus filas, pretenda judicializar un asunto en que tenga interés. Por cierto, ni Aníbal Pinto o Pedro Montt habrían incurrido en semejante despropósito, ni menos alguien querer asemejarse a esos destacados servidores públicos. Att.e., MSF