Noticias

La recurrida deberá trasladar a la actora al campus de Valdivia.

Corte de Valdivia acoge recurso de protección de alumna de postgrado de Universidad Austral campus Osorno, que denunció acoso sexual, hostigamiento, maltrato sexista y discriminación.

El Tribunal de alzada acogió la acción de protección al estimar que el actuar de la universidad vulnera las garantías fundamentales de la recurrente.

24 de agosto de 2023

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Austral de Chile por una médica cirujana que cursa el segundo año de la especialidad de psiquiatría, campus Osorno, quien denunció a fines de 2022, al director de dicho programa ante la comisión para la intervención en situaciones de acoso, violencia y discriminación en la comunidad universitaria, instancia que acogió la denuncia pero que, tras meses de iniciada la investigación, no adoptó medidas de resguardo eficaces frente a las situaciones de acoso sexual, hostigamiento, maltrato sexista y discriminación que efectuó la profesional.

El fallo señala que el artículo 30 del aludido reglamento establece que el plazo de instrucción del procedimiento disciplinario ´… será de 25 días hábiles…´, mientras que el artículo 32 prevé que ´la Comisión deberá emitir su resolución definitiva respecto a la investigación realizada en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción del informe final o desde que se realizaron las ultimas diligencias dispuestas por ella…´.

La resolución agrega, que, conforme a los antecedentes expuestos, ha existido un considerable retraso en la tramitación de la investigación, ya que la misma se inició el 28 de noviembre de 2022, sin que exista constancia que haya concluido, vulnerándose lo dispuesto en el Reglamento aludido en el considerando precedente.

Añade que, en la especie el procedimiento se ha extendido más de ocho meses, lo que deviene en una vulneración de las garantías fundamentales de la recurrente al someterla a una indefinición de su situación educacional, lo que resulta particularmente grave dado el estado de avance del año académico y la ausencia de cumplimiento íntegro de las medidas dispuestas por la Comisión para resguardar los derechos de la víctima.

Para el tribunal de alzada, en las circunstancias antes indicadas, si bien la Comisión ha adoptado determinaciones dentro de sus facultades, lo cierto es que en el presente caso aquellas solo pueden ser entendidas como una actuación arbitraria, ya que se ha privado a la recurrente de la posibilidad de continuar sus estudios en Valdivia, pese a constatar la ineficacia de las medidas de protección dispuestas y a la falta de finalización del procedimiento.

El fallo concluye que, se ha vulnerado en forma arbitraria la integridad psíquica de la recurrente, al mantener medidas de protección ineficaces por un plazo no razonable, que denotan ausencia de la debida diligencia en el resguardo de la actora y, por ende, constituye una forma de negación de su derecho a la igual protección, que afecta la posibilidad de continuar con sus estudios. En consecuencia, cabe adoptar medidas urgentes con la finalidad de cumplir con las convenciones internacionales a las que el Estado adscribió, tal como se dirá en lo resolutivo.

Por tanto, se resuelve que, se acoge sin costas, el recurso de protección interpuesto por (…) en contra de la Universidad Austral de Chile, solo en cuanto, se dispone como medida destinada a restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la afectada, que la recurrida deberá trasladar a la actora al campus de Valdivia, con el objeto de continuar con el programa de formación en psiquiatría.

 

Vea sentencia Rol N°988 – 2023

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  1. El abuso es una constante en las escuelas de medicina, no hay normativa que proteja eficientemente del abuso al que estan expuestos los estudiantes, peor es el caso de los internos y becados..Largas jornadas sin limite de horarios,
    actitudes abusivas de profesores, he sabido de algunos que obligan a los alumnos que les cocinen, otros tratan a garabatos a sus alumnos, las alumnas se llevan la peor parte con tratos degradantes, misogenos y sexistas.
    turnos sin limite y sin derecho a descanso, incluso sobre 30 horas.No hay quien defienda porque el ministerio se lava las manos y la impección del trabajo aduce que no existe contrato.
    En Europa hay un estricta normativa, que no permite jornadas por sobre las 12 horas.
    Hay una alta taza de depresión y suicidios.
    Espero que el tema se ponga en discución en la opinión
    publica

  2. Es el colmo. Este es tercer caso de alumnas qué son afectadas por maltratos, discriminación, impidiendo qué logren aus objetivos.
    Una alumna qué hace su especialidad en Oncologia, otra en Neurología… Y ahora otra en Psiquiatria. Lo peor es que las autoridades a quienes les compete solucionar estos problemas NO HACEN NADA.
    Educación profesional en Chile es una basura… Las mafias son protegidas.

  3. por una médica cirujana. Se dice
    Una médico cirujano.
    Favor escriban bien. pregunten a una doctora si le gusta que le digan cirujana. La respuesta es un rotundo NO.

    1. Muy equivocado está señor Eduardo Roa, es del todo aceptado el uso del término Medica por la RAE. Lo que no debe hacerse es decir «favor» en vez de «por favor».