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Recurso de protección acogido por Corte de Puerto Montt.

No existe una explicación que permita comprender que una Notaría y CBR cobre once veces más de lo permitido por una escritura de compraventa y posterior inscripción.

El actuar impugnado lesiona los derechos fundamentales de la recurrente, por lo que se deberá devolver el exceso en un término no superior a 30 días.

29 de agosto de 2023

La Corte de Puerto Montt acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Notario y Conservador de Bienes Raíces titular y suplente de Quinchao y Curaco de Vélez, por cobrar un arancel superior al fijado por los Decretos Exentos del Ministerio de Justicia.

El recurrente expone que, a pesar de que el cobro de aranceles de los Notarios y de los CBR relativos a las escrituras de compraventa e inscripción de propiedad se encuentran regulados en los Decretos Exentos N°587 y N°588 de 1998 del Ministerio de Justicia, los recurridos le cobraron $520.000.- por el otorgamiento de la escritura y la correspondiente inscripción en el Registro de Propiedad del CBR respecto de un predio rural de media hectárea, cuyo precio de la venta fue de $5.000.000.-. Es decir, le cobraron once veces más de lo debido, en cuanto según los cuerpos normativos el precio a pagar correspondía a $45.300.-

En mérito de ello, estima vulnerado el derecho de propiedad, por lo que solicita que se le devuelva el valor cobrado en exceso.

Los recurridos informaron que “(…) la compradora no solicitó entrevista con la Notaria y Conservadora Suplente al momento de ser informada de los honorarios, tampoco requirió el libro de reclamos, así como tampoco hizo uso del mecanismo administrativo de reclamar ante el Juez o Ministro Visitador, pues si se hubiera hecho presente en forma oportuna la existencia del error en el cobro, este se hubiera rectificado. No obstante, al advertir el error en el cobro por parte de la funcionaria a cargo de realizarlo se adoptaron las medidas necesarias para evitar este tipo inconvenientes, por lo que efectuará la devolución del importe correspondiente a quien se determine al efecto, previa información de una cuenta bancaria en la cual efectuar el depósito.”

La Corte de Puerto Montt acogió la acción de protección. Razona que, “(…) de conformidad con el texto de los Decretos Exentos N°587 y 588 de 1998 del Ministerio de Justicia, las reglas a las que deben sujetarse los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces en el cobro de los derechos por las escrituras que otorgan e inscripciones que practican se encuentran definidos y determinados por la función pública que realizan.”

Prosigue el fallo, señalando que “(…) no existe una explicación que permita comprender el monto de los derechos cobrados por parte de los recurridos, de lo que se desprende que el actuar impugnado lesiona los derechos fundamentales de la recurrente por lo que el presente arbitrio será acogido.”

En base a esas consideraciones, la Corte acogió el recurso de protección en contra del Notario y Conservador de Bienes Raíces de Quinchao y Curaco de Vélez, Bruno Casale Morrison y en contra de la Notaria y Conservadora Suplente del mismo oficio, Claudia Velásquez Trujillo, ordenando que ajusten los derechos de las actuaciones realizadas por la recurrente, como compradora de un predio rural, a la regulación arancelaria prevista por los Decretos Exentos 587 y 588 del año 1998 del Ministerio de Justicia, debiendo devolver el exceso en un término no superior a 30 días contados desde que la presente resolución se encuentre firme.

 

Vea sentencia Corte de Puerto Montt Rol N°882-2023.

 

 

 

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  1. 18 de abril inscribí propiedad en CBR de Osorno valor 15 millones, costo inscripción 45 mil pesos. Luego en CBR de Rio Negro propiedad de 24 millones valor de inscripción 15 mil pesos. ¿Que tal?

  2. falta información de cual es el porcentaje real que debe cobrar por inscripción en el conservador de bienes raíces en puerto montt cobran el 0.3% en otras ciudades 0.2% y en otras 0.5% LO digo porque he inscrito propiedades en distintas ciudades y todas ponen el porcentaje que quieren busque información en bienes nacionales y no aparece cuanto deben cobrar.

  3. Coticé en notarías de Curicó, por una compra de derechos de un bien raíz de $40.000.000. y la escritura pública costaba entre $120.000 y $135.000, ( entre un 3 % y un 3,5 % del precio del bien raíz) excepto en una notaría que cobraba POR LO MISMO $280.000. Creo que ajustarse a la ley con tarifas claras, justas y la vista, seria un gran avance para recobrar la confianza y no sentirse «estafados» y vulnerados al recurrir a estos servicios…

  4. Claramente esto es abuso de poder y de condicion. Si la afectada no se hubiese instruido e informado, este robo habria pasado desapercibido y seguirian en lo mismo. Como es posible aceptar una excusa tan barata, siendo que este tipo de regulaciones debiesen estar mas que sabidas y arraigadas en un proceso notarial ?. Quien mejor que un notario, debiese estar al tanto de las normativas, respetarlas aplicarlas y revisar permanentemente el fiel cumplimiento de ello ?. Desde el punto de vista de un simple contribuyente, esto debiese implicar una multa ejemplar, tal cual lo harian con un ciudadano comun y corriebte.

  5. Buenos días
    En Santiago existe un CBR que hace lo quiere
    Si entran opiniónes Google verán su puntuación 0,5 y los desahogos de las personas que hemos tenido problemas .A mí me extraviaron todos los documentos para inscribir unos derechos que adquiri y a un sigo luchando para inscribirlos
    Hasta el día de hoy he tenido que pagar abogado que creo esa bien pero y los papeles notaríales más los del CBR
    CBR de la provincia de Talagante comuna de Peñaflor

  6. 3s 7n cobro excesivo, puede ser un «error», pero también es cierto que los «aranceles»fijados por la C.S., son irrisorios, detrás de cada notario y de cada empleador hay horas hombre, materiales, arriendos, pagos de servicios básicos, etc. Pero, también es cierto que, por las malas prácticas de ALGUNOS notarios a todos los califican y meten en el mismo saco.

  7. Me pare excelente noticia qué por lo menos una notaria sea obligada a cobra lo que corresponde y no cobros abusivos como se ve en muchas notaría del país a través de todo chile cobran lo que quieren .

  8. pudieron indagar un poco más atrás. está persona por q se quejó descubrieron que lo estaban cagando. a cuántos otros le hicieron lo mismo?

  9. Hola,a mi una abogada que trabaja con su hermana en conjunto en la notaria Dolmech de Osorno y conservador de Osorno respectivamente,me estafaron en $600.000 ha ce más de 9 años,ignoraba que este recurso se puede realizar, reclame hasta en el colegio de abogados de Valdivia y no saque nada en limpio ya que la sra vespelia leiva no me dio boleta solo recibos de dinero y esos documentos no me cerbian para custificar el delito, enfrente a esta abogada y ella negó todo ella sabía como estafar a la gente de campo, que pena 😞 😥 PERDI Y PUNTO….

  10. Soy adulto mayor y he realizado muchos trámites en CBR y notarias, y siempre he pagado diferentes valores por un trámite de iguales valores. Como no sabemos de leyes estas autoridades abusan como quieren de los ciudadanos…..

  11. Y no sería procedente destituir a ese Conservador? porque el fallo dice que “no existe una explicación que permita comprender el monto cobrado”, claro que existe una explicación, y es la usura y sinverguenzura de este CBR, faltas a la ética, en fin, pero solo tienen que devolver lo cobrado dé más…es insuficiente

  12. Excelente . medida,al parecer todas las Notarías del País,hacen grandes cobros por sus Servicios,junto a los Abogados,que las presentan,.Es un descontrol total ,no hay respeto por los clientes, Cobran hasta 8 veces el valor,.Agradecer que se tomen medidas al respecto,que sea para todas la Notarías del País,que se termine la Corrupción en los pagos.

  13. Esto lo llevan haciendo por años, en la gran mayoría de notarías y CBR del país, por qué no se hace nada al respecto? por qué siguen en sus cargos y por qué no están presos?. Chile país de apitutados y sinvergüenzas.

  14. ¿Será necesario solicitar entrevista con la Notaria suplente, o utilizar el libro de reclamos e inclusive recurrir al Juez visitador de dicha Notaría?
    Por supuesto que no.
    Cuando las cosas se hacen con responsabilidad, corrección y decencia, todas las medidas restantes están demás.
    Este comportamiento descarado y abusivo, por parte de funcionarios vinculados al mundo de las leyes, el derecho y la justicia, lo único que hace es evidenciar la descomposición del tejido institucional del país.
    Y demás está suponer que por ser chilotes, los afectados, creyeron que eran guevones.
    ¡ Paremos la sinvergüenzura!.

  15. creo necesaria una amplia y rigurosa fiscalizacion y control sobre estas a nivel nacional, ya que es mas comun y frecuente que pase silo aca…
    la gente no reclama por desconocimiento y para eso debe estar el Estado para defender las desigualdades y proteger a los ciudadanos consumidores… no para hacer la vista gorda… incluso debieran licitarse para no entregar una mina de oro de por vida y heredable a ciertas familias…

  16. y cuál es el castigo a la notaría el daño moral la vulneración de derechos tiempo ocupado y todo los demás hay no aparecen los derechos humanos. están para puro webiando y los notarios cobran lo quieren y si no le hacen el documento y chao fiscalización falta de probidad ursureros vas por un poder simple 20 mil solo por una firma y no se arrugan si lo llevas hecho te cobran igual lo mismo . saludos no se dejen pasar a llevar está bueno tanto ladrón en este país desde el gobierno todos roban y los trabajadores nos cagamos trabajando. saludos

  17. si, me lo explico, solamente con los delincuentes de «Cuello y Corbata», es posible esa clase de cobros. y con complicidad de la «Autoridad».

    1. Increíble, si reclamas te devuelven lo cobrado por «error», sino simplemente jodiste. El tribunal a lo menos debería hacerles pagar el costo del recurso de protección (que lo debe hacer un abogado, entiendo) y una multa al fisco.

    1. me alegro que se ordene la devolución del cobro excesivo, pero cual sería la indemnización a la persona afectada por este «error de cobro», por el mal rato, la perdida de tiempo., etc Y que decir del castigo por mal uso y poco honorable del cargo, y ni hablar de los recursos invertidos por parte de tribunales..

    2. el error no genera derechos, sin embargo aquí hay aprovechamiento indebido, malicia o mala fe, excesiva onerosidad en la prestación de un servicio público, enriquecimiento inilicito. devolución y fuerte multa, además de suspensión temporal del notario, pues los notarios casi siempre aprovechan de algunos clientes q requieren sus servicios por mandato de ley. además deben crearse más notarias para una sana competencia y así evitar el ejercicio abusivo del derecho con la autorización que el estado les otorga para trabajar en un servicio público. eso pasa también en Perú y el colegio de notarios, bien gracias.