Recurso de protección acogido en fallo dividido.
Corte de Apelaciones de Concepción ordena a Gendarmería capacitar a personal y directivos en Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales.
La Sexta Sala del tribunal de alzada estableció el actuar ilegal de la institución penitenciaria al incumplir el estándar de protección de los derechos de personas pertenecientes al pueblo mapuche, durante las visitas de familiares a Ricardo Delgado Reinao, Esteban Henríquez Riquelme, Ernesto Llaitul Pezoa, Roberto Villouta Alcamán y Héctor Llaitul Carrillanca.

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección deducido en contra de Gendarmería y ordenó a la institución coordinarse con el Instituto Nacional de Derechos Humanos, a fin de que capacite a directivos y funcionarios en el Convenio N°169 sobre pueblos indígenas y tribales, los derechos de las personas privadas de libertad y sus visitas, pertenecientes a dichos pueblos.
El fallo señala que es deber del Estado y sus órganos crear mecanismos adecuados para controlar las actuaciones de sus funcionarios, investigar y resolver las quejas y reclamos que se formulen a su respecto, estableciendo procedimientos disciplinarios, administrativos o judiciales apropiados para los casos de conducta profesional indebida o de violación de los derechos de las personas privadas de libertad y sus familiares que los visitan. Tratándose de las personas indígenas, los Estados miembros de la OEA han declarado que ‘adoptarán las medidas necesarias, en conjunto con los pueblos indígenas, para prevenir y erradicar todas las formas de violencia y discriminación, en particular contra las mujeres, las niñas y los niños indígenas’.
Añade que en la especie, si bien no es posible acreditar racionalmente todos los hechos denunciados por los recurrentes, lo cierto es que la forma en que se ha ido ejecutando la regulación general y específica que ha dictado la Dirección Nacional y el Alcaide del CCP Bío Bío, por parte de los funcionarios/as encargados/as de atender a las visitas de familiares y otras personas autorizadas por los internos mapuches ha sido errática, mostrando avances y retrocesos en el respeto y vigencia de los derechos y garantías de estas personas, en especial en lo que concierne a los procedimientos disciplinarios recaídos en familiares de los internos y en funcionarios de Gendarmería, muestra de lo cual es la circunstancia de haberse suspendido y luego reducido la sanción aplicada a Javiera Plaza, por estimar la Jueza de Garantía que era desproporcionada, más allá de encontrarse firme o no la; así como también la reapertura y ampliación de la investigación interna donde se indagan los sucesos objeto de la presente acción constitucional, conforme se informó con fecha 4 de agosto de 2023, constatándose la falta de diligencia y acuciosidad del Fiscal a cargo.
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Comentarios (4)
Luz Sanhueza hasta cuándo privilegios para los pueblos originarios,yyyyygendarmeria de chile. cuándo se preocuparan de sus derechos como institución?
MariaMontenegro Ya es como mucho Demasiado,Todas las Garantías t Especiales Cuidados para los Indígenas,hay que Tratarlos con Pinzas y con Extremo Cuidado !.No Somos Todos Iguales antecla Ley ?.
Daniel Neira el mundo al revés al bandido hay que tratarlo con pinzas como ellos son tan buenas personas y trataron tan bien a las víctimas entonces nosotros los premiamos que está perdida la justicia no?
Ricardo rivera abriendo una investigación del departamento 5 quinto de gendarmeria del departamento de asuntos interiores de gendarmería aviendo declaracion en 2 dos oportunidades al señor mamferret director de gendarmería etc
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