Recurso de protección acogido.
Cerrar el único camino de acceso hacia el predio de un particular que lo utiliza hace 50 años, es un acto de autotutela, resuelve la Corte Suprema.
La recurrida cerró con portón y candados el único camino que comunica al actor con la vía principal, el cual es utilizado por él hace más de 50 años. El máximo Tribunal sostuvo que no resulta lícito a la recurrida valerse de vías de hecho para zanjar cualquier disputa que mantenga con el recurrente, alterando el statu quo anterior a dicha actuación.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de un particular que cerró con alambradas y una reja un camino de servicio, y en su lugar, acogió la acción cautelar.
El actor sostuvo que la recurrida instaló un cerco con alambrada, y cerró con cadena y candado el portón que da acceso al callejón que le permite acceder a su propiedad -un predio de 8,97 hectáreas- ubicada en el sector de Punincahuín, región de Los Ríos.
Asimismo, el recurrente refiere que, además, dicha vía es utilizada para el ingreso y salida de sus animales, ya que dicho camino existe desde hace aproximadamente 50 años.
Temas
Comentarios (5)
Gabriel Rojas lo que me parece extraño es cuando se compra un predio este lo tienen que vender con camino no pueden perjudicar al vecino que no tiene porque pagar por error de una mala repartición sin camino
Francisco sánchez Guzmán Si el camino es el único que conduce a la propiedad, entonces, siempre ha existido servidumbre.Esto, porque no podemos imaginar una propiedad que sea una isla, que no se pueda llegar a ella,salvo por helicóptero.Si retrocedemos en el tiempo, siempre habrá un camino conducente a la propiedad y si no encobtramos otro que haya sido eliminado, debemos concluir que el camino actual siempre ha estado sujeto a servidumbre
José Aguayo un predio tiene que tener un camino vecinal con libre acceso para los residentes ni el más ignorante lo sabe la justicia debe debe actuar en favor del afectado los caminos son libres de uso público y de un bien nacional
Carlos fuentes porque la corte de Valdivia desconoce la ley hay algo oculto
Antoine Bien polémico el fallo sobretodo que invoca supuesta autotutela sin violencia que vendría siendo el portón el cual siempre ha existido
Te puede interesar

Recurso de casación en el fondo acogido.
Querella de amparo es improcedente si el denunciante es mero tenedor de la cosa cuya posesión acusa perturbada.

Maltrato animal en escuela
Comunicado sobre el incidente ocurrido en el Colegio San Benito

Ilícitos cometidos en septiembre de 1973.
Ministro Guillermo de la Barra notifica a procesado por homicidios y secuestros de Víctor Jara y Littre Quiroga.

