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Confirma sentencia.

Corte de Santiago ordena a isapres indemnizar a afiliado traspasado de prestadora sin su consentimiento.

La Decimotercera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reduce el monto indemnizatorio por daño moral.

19 de diciembre de 2023

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a las prestadoras de salud privadas Banmédica SA y Cruz Blanca SA a pagar solidariamente una indemnización 65,2 UF por concepto de daño emergente y $10.000.000 por daño moral, a afiliado que fue cambiado de prestadora sin su conocimiento.

El fallo señala que, el daño consiste en el menoscabo que a consecuencia de un acaecimiento o evento determinado  sufre una persona, ya en sus bienes vitales o naturales, ya en su propiedad o en su patrimonio. En otros términos, consiste en todo detrimento, perjuicio, menoscabo, dolor o molestia que sufre un individuo en su persona, bienes, libertad, honor, crédito, afectos, carencias etc.

La resolución agrega que esta Corte comparte lo razonado por el Tribunal a quo en el párrafo primero del fundamento trigésimo cuarto, en cuanto a la afectación sufrida por el actor en su esfera extrapatrimonial, pero estima que el quantum es de menor entidad que aquel en que fue regulado, por lo que corresponde rebajar su monto, teniendo en consideración el periodo en que el demandante estuvo efectivamente sin cobertura de la Isapre, siendo ese su único real perjuicio, limitándose a aquel.

El fallo ordena que el estatuto que se invocó en la demanda y aplicó el Tribunal, es el de la responsabilidad aquiliana, por lo que cobra aplicación el artículo 2317 del Código Civil. En consecuencia los demandados serán condenados a pagar las sumas de dinero que se indican de manera solidaria.

 

Vea sentencia Rol N°10901 – 2020.

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