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Imagen: Microjuris
Reclamo de ilegalidad rechazado.

Corte de Santiago ordena a la Subsecretaría de Salud entregar información sobre listados de tratamiento y suministro de drogas oncológicas de alto costo.

La Sexta Sala del tribunal de alzada descartó que la información solicitada por ley de transparencia tenga el carácter de reservada o secreta.

10 de enero de 2024

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución, adoptada por el Consejo para la Transparencia, que le ordenó a la Subsecretaría de Salud entregar información sobre listados de tratamiento y suministro de drogas oncológicas de alto costo.

El fallo señala que, en relación a la causal de reserva contenida en el número 2 del artículo 21 de la Ley N° 20.285, en relación al artículo 2 letras f) y g) de la Ley N° 19.628, es de parecer de este tribunal que no se advierte cómo la entrega de la identidad del médico tratante lleve a identificar a los pacientes en cuyo beneficio se han efectuado solicitudes de financiamiento al comité de Drogas de Alto Costo.

La resolución agrega que, por otra parte, en el reclamo se hace una referencia genérica a que mediante cruces de información con otras bases de datos se podría obtener la identidad de los pacientes, sin embargo, no explica ni da detalles que permitan aseverar que aquello fuese una posibilidad cierta, refriéndose genéricamente a ‘estadísticas sobre egresos hospitalarios, atenciones de urgencia, defunciones, entre otras que se encuentran disponibles para el público en general’.

El fallo concluye que, las normas legales y Constitucionales citadas, coincidiendo esta Corte con los fundamentos vertidos en la Decisión Amparo reclamada, al no tratarse de información secreta o reservada en los términos indicados en el artículo 21 de la Ley de Transparencia, es que no se advierte ilegalidad alguna en la decisión adoptada por el Consejo Directivo del H. Consejo para la Transparencia que ha sido cuestionada, por lo que la reclamación de ilegalidad interpuesta necesariamente deberá ser desestimada.

Por tanto, se resuelve que, se rechaza el reclamo de ilegalidad deducido por el Fisco de Chile, en representación de la Subsecretaría de Salud, en contra de la decisión de amparo pronunciada por el Consejo para la Transparencia con fecha 20 de julio de 2023, en el Proceso Rol N° C537-23, sin costas.

 

Vea sentencia Rol N°521-2023

 

 

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