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imagen: europeanconservative.com
Controvertida política migratoria del presidente Macron.

Consejo Constitucional censuró una parte sustancial de la ley de reforma migratoria, pero declaró constitucional exigencia de firmar un contrato en que el extranjero se compromete a respetar principios de la República para obtener residencia.

Es justo que se haya impuesto a los extranjeros, que no se encuentran en la misma situación que los nacionales, la suscripción de un contrato que prevea el compromiso de respetar la libertad personal, la libertad de expresión y de conciencia, la igualdad entre mujeres y hombres, la dignidad de la persona humana, el lema y los símbolos de la República en el sentido del artículo 2 de la Constitución, la integridad territorial, definida por las fronteras nacionales, y no confiar en las propias creencias o convicciones para liberarse de las normas comunes que rigen las relaciones entre los servicios públicos y los particulares, señala el fallo.

3 de febrero de 2024

El Consejo Constitucional efectuó una revisión sustancial del proyecto de ley de inmigración promulgado recientemente por el Gobierno francés, y dejó sin efecto una considerable cantidad de disposiciones. La decisión implicó la censura de 32 artículos (alrededor de un tercio del total) por carecer de suficiente conexión con el texto original del proyecto y posteriores versiones del mismo, y por ser contrarios a la Constitución.

Entre las disposiciones eliminadas se encuentran medidas como la restricción en el acceso a prestaciones sociales, la reunificación familiar y la creación de un «depósito de devolución» para estudiantes extranjeros.

Además, tres artículos fueron parcial o totalmente censurados en términos de contenido, incluyendo la propuesta de establecer cuotas migratorias, que serían determinadas por el Parlamento.

La ley en cuestión, aprobada el 19 de diciembre de 2023 en la Asamblea Nacional, fue respaldada por una coalición de partidos de derecha y diputados oficialistas. A pesar de este apoyo, la ley había generado fuertes críticas por parte de sectores de izquierda, quienes la calificaron como una medida de «extrema derecha».

En su análisis de fondo, el Consejo señaló que, “(…) cualquier modificación es admisible en primera lectura siempre que se presente un vínculo, incluso indirecto, con el texto depositado o transmitido. En caso contrario corresponde declarar contrarias a la Constitución las disposiciones que se introduzcan con desprecio de esta norma procesal. En aplicación de reiterada jurisprudencia, se debe garantizar en este contexto la existencia de un vínculo entre el objeto de la modificación y al menos una de las disposiciones del texto depositado sobre la mesa de la primera asamblea”.

Agregó que, “(…) a falta de tal vínculo, cuando se declaran inconstitucionales disposiciones de una ley, el Consejo Constitucional no prejuzga la conformidad del contenido de dichas disposiciones con otras exigencias constitucionales. En este sentido, el Consejo señala que esta ley, que comprende ochenta y seis artículos, divididos en ocho títulos, tiene su origen en el proyecto de ley presentado el 1 de febrero  ante el Senado, primera asamblea. Este proyecto constaba originalmente de veintisiete artículos divididos en seis títulos”.

Sin perjuicio de lo anterior, mostró su conformidad con algunos artículos, como el 46, el cual dispone que el extranjero que desee obtener la expedición de un documento de residencia deberá firmar un contrato por el que se comprometa a respetar los principios de la República.

Al respecto concluyó que, “(…) es justo que se haya impuesto a los extranjeros, que no se encuentran en la misma situación que los nacionales, la suscripción de un contrato que prevea el compromiso de respetar la libertad personal, la libertad de expresión y de conciencia, la igualdad entre mujeres y hombres, la dignidad de la persona humana, el lema y los símbolos de la República en el sentido del artículo 2 de la Constitución, la integridad territorial, definida por las fronteras nacionales, y no confiar en las propias creencias o convicciones para liberarse de las normas comunes que rigen las relaciones entre los servicios públicos y los particulares”.

Por los motivos expuestos, el Consejo censuró 32 artículos de la ley, de un total de 86. También censuró sustantiva, parcial o totalmente 3 de sus artículos y añadió reservas de interpretación a otros 2 artículos. Por otro lado, declaró parcial o totalmente compatibles con la Constitución 10 artículos, incluido el relativo al compromiso del extranjero de respetar los principios de la República.

Vea sentencia Consejo Constitucional de Francia y texto de la ley.

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