Consejo Constitucional de Francia

Consejo Constitucional de Francia rechazó propuesta para someter a referéndum prestaciones sociales para extranjeros incluidas en la reforma migratoria.

Si el legislador puede tomar disposiciones específicas respecto de los extranjeros, le corresponde respetar las libertades y derechos fundamentales de valor constitucional reconocidos a todos los que residen en el territorio de la República. Sin embargo, deben conciliarse con la protección del orden público, que constituye un objetivo de valor constitucional.

17 de abril de 2024

Consejo Constitucional censuró una parte sustancial de la ley de reforma migratoria, pero declaró constitucional exigencia de firmar un contrato en que el extranjero se compromete a respetar principios de la República para obtener residencia.

3 de febrero de 2024
Es justo que se haya impuesto a los extranjeros, que no se encuentran en la misma situación que los nacionales, la suscripción de un contrato que prevea el compromiso de respetar la libertad personal, la libertad de expresión y de conciencia, la igualdad entre mujeres y hombres, la dignidad de la persona humana, el lema y los símbolos de la República en el sentido del artículo 2 de la Constitución, la integridad territorial, definida por las fronteras nacionales, y no confiar en las propias creencias o convicciones para liberarse de las normas comunes que rigen las relaciones entre los servicios públicos y los particulares, señala el fallo.
La decisión de devolver a una persona no admitida en el territorio es competencia exclusiva de las autoridades encargadas del control de las personas en las fronteras, y no de la aerolínea.

Consejo Constitucional Francés. Aerolíneas deben transportar a quienes no son admitidos en Francia sin que ello signifique que se les delegue una potestad pública.

El Consejo Constitucional Francés validó la constitucionalidad de la medida que obliga a transportar de regreso a su lugar de origen a los extranjeros a los cuales se les niegue la entrada a Francia, en caso de que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea. Así, la empresa de transporte aéreo […]

27 de diciembre de 2021
Derecho a defensa.

Consejo Constitucional de Francia determinó la inconstitucionalidad de norma del Código Procesal Penal que no contempla la comparecencia del tutor o curador ante el juez, cuando el condenado es un incapaz.

El actor arguyó que, las disposiciones del Código Procesal Penal cuya constitucionalidad cuestiona, desconocen los derechos de la defensa en contexto de un debido proceso, en la medida que no prevén informar o notificar previamente al tutor o curador.

4 de marzo de 2021