Rechazado por la Corte Suprema.
Conflicto entre hermanos por la propiedad del departamento de su madre no puede ser resuelto mediante el recurso de protección.
El litigio debe seguirse ante un juez civil mediante un juicio de lato conocimiento, debido a que las partes no poseen derechos indubitados y no existe vulneración de los derechos de la madre de los actores.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que acogió el recurso de protección interpuesto por tres hermanos en representación de su madre, en contra de una hermana y el administrador de un edificio, acusando a éstos últimos de apropiarse del departamento de su madre; y en su lugar, rechazó la acción cautelar.
Los recurrentes sostienen que la recurrida se hizo de la nuda propiedad del inmueble -ubicado en la ciudad de Concepción- mediante un contrato simulado, en el cual, constituyó usufructo perpetuo en favor de su madre, ingresando luego a ocupar la unidad con la aprobación del administrador, quien estimó como válido el instrumento.
Añaden que este acto arbitrario e ilegal afectó el derecho de propiedad y el derecho a no ser juzgados por comisiones especiales, pues en la especie, han perdido los derechos que les corresponderían en el departamento una vez fallecida la madre; por lo tanto, solicitan a la Corte que invalide el contrato y ordene a la recurrida abandonar el inmueble.
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