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Imagen: prensa.presidencia
Trabajo infantil en la Republica Democrática del Congo.

Tribunal estadounidense desestima demanda contra grandes empresas tecnologías: presunta responsabilidad por el trabajo infantil en la minería del cobalto no fue acreditada.

Los actores no pudieron demostrar un nexo causal entre las compañías y el trabajo infantil en las minas. Para el juez del caso, comprar cobalto de proveedores extranjeros no era motivo suficiente para responsabilizar a las demandadas por el trabajo infantil en la RDC.

10 de marzo de 2024

El Tribunal de Apelaciones para el Circuito del Distrito de Columbia (Estados Unidos) desestimó la demanda  interpuesta contra empresas de tecnología de renombre, como Alphabet, Apple, Dell Technologies, Tesla y Microsoft, las cuales fueron acusadas de beneficiarse del trabajo infantil en la República Democrática del Congo (RDC).

Los demandantes alegaron que estas empresas estaban implicadas en un «emprendimiento» con proveedores que presuntamente utilizan niños para trabajar en la minería del cobalto: componente esencial en la fabricación de baterías recargables para dispositivos electrónicos que es muy abundante en la RDC.

Adujeron que al comprar cobalto a través de una cadena de suministro global, estas compañías estaban indirectamente involucradas en el trabajo forzado infantil, pues a pesar de estar al tanto de estas prácticas continuaron adquiriendo este mineral en las mismas condiciones.

Sin embargo, el tribunal desestimó la demanda, argumentando que los actores no pudieron demostrar un nexo causal entre las compañías y el trabajo infantil en las minas. Para el juez del caso, comprar cobalto de proveedores extranjeros no era motivo suficiente para responsabilizar a las demandadas por el trabajo infantil en la RDC.

“Los demandantes insisten en que tienen legitimación activa para solicitar medidas cautelares, porque las empresas tecnológicas tienen suficiente influencia «para impedir que la compañía de cobalto utilice trabajo infantil forzado». Pero no han logrado demostrar que una orden judicial repararía sus daños. En primer lugar, si bien la solicitud de medidas cautelares de los demandantes es totalmente prospectiva, no alegan explícitamente que alguno de ellos siga siendo minero”, señala el fallo.

“Muchos actores, además de los proveedores de cobalto, perpetúan el tráfico de mano de obra, incluidos los intermediarios laborales, otros consumidores de cobalto e incluso el gobierno de la República Democrática del Congo. Emitir una orden judicial a las empresas tecnológicas para “impedir que la empresa de cobalto utilice trabajo infantil forzoso” no vincularía a los autores directos del trabajo ilegal, que no son parte en este proceso”, concluye el tribunal.

Vea texto del fallo.

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