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imagen: taxlatam.com
Letrados acusan que viola el secreto profesional.

Colegio de abogados argentino interpuso un amparo contra el Estado por un decreto que los obliga a informar las operaciones sospechosas de sus clientes.

La normativa UIF excluye de esta obligación a los abogados contratados para litigios, pero sí establece la responsabilidad de reportar cualquier otra relación contractual de carácter financiero, económico o comercial.

31 de marzo de 2024

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) interpuso un recurso de amparo contra el Estado Nacional en respuesta al decreto que impone a los abogados la obligación de informar sobre transacciones sospechosas de lavado de dinero realizadas por sus clientes. Este recurso legal surge tras la aprobación de la ley antilavado y la posterior reglamentación de la Unidad de Información Financiera (UIF) que amplía esta responsabilidad a los profesionales del derecho. La presentación fue deducida en estrados del juzgado nacional en lo contencioso administrativo.

Previo a esta normativa, la obligación de reportar operaciones sospechosas de lavado estaba restringida a contadores, escribanos, bancos y otros profesionales. La inclusión de los abogados ha generado una fuerte oposición en el mundo jurídico argentino, pues se aduce que las medidas de la normativa violan la confidencialidad que debe primar entre abogado y cliente, considerándolas inconstitucionales.

La resolución de la UIF excluye de esta obligación a los abogados contratados para litigios, pero sí establece la responsabilidad de reportar cualquier otra relación contractual de carácter financiero, económico o comercial.

La ley antilavado nació a  raíz de una solicitud del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) al gobierno argentino, que está siendo evaluado por supervisores del GAFI ante las preocupaciones por el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La inclusión de los abogados como sujetos obligados a informar sobre operaciones sospechosas es uno de los requisitos para que el país modifique su estatus en la lista gris del GAFI, cuya revisión está programada para octubre.

“Obligar a investigar a sus propios clientes, establecer el origen de los fondos, las finalidades que se persiguen y eventualmente denunciarlos importa una violación grosera al deber de confidencialidad que afecta directamente a la defensa en juicio e, incluso, puede hacer incurrir a los letrados en responsabilidades penales. A su vez, la mayoría de los abogados/as carecen de los medios e infraestructura necesaria para efectuar las indagaciones que, por su naturaleza, pertenecen prioritariamente a las autoridades estatales”, señaló el Colegio.

“En consecuencia, la reciente sanción de la ley modificatoria de las normas de lavado de activos importa, respecto de los abogados/as, una violación innecesaria de disposiciones constitucionales; pues en todos los casos las actividades subyacentes que se incluyen en el deber de informar se encuentran suficientemente protegidas por otros controles, según las normas interpretativas de la propia GAFI en cuanto a que no es necesario, en estos casos, obligar a informar a los abogados/as”, concluyó en un comunicado.

Vea texto del Decreto.

 

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