Artículos de Opinión

Primera sentencia condenatoria en juicio oral por el delito de administración desleal. Breve análisis del proceso en el cual se condenó sin la participación del Ministerio Público.

Una primera novedad que representa entonces esta sentencia es que el tipo penal de Administración Desleal fue sometido al desarrollo de un juicio oral. Esto es, se llegó a una instancia en donde las partes pudieron expresar sus argumentos y mostrar sus pruebas, bajo el sistema de control que implica un juicio oral propiamente tal ante tres jueces.

Recientemente ha quedado firme y ejecutoriada la primera sentencia condenatoria dictada en Chile por un Tribunal Oral en lo Penal por el delito de Administración Desleal contemplado en el art. 470 nº11 del Código Penal. El caso, seguido ante el TOP de Villarrica bajo el RIT 1-2022, proviene de la causa RIT 122-2020 del Juzgado de Letras y Garantía de Pucón. Sin duda, lo anterior representa un hito importante en materia penal toda vez que, a la fecha, solo existían algunas pocas sentencias en juicio abreviado dictadas por este delito. Por lo general, los casos asociados al mismo suelen terminar por sobreseimiento, decisiones de no perseverar o salidas alternativas.

Cabe recordar que el delito de Administración Desleal fue incorporado mediante la ley 21.121, entrando en vigencia recién el día 20 de noviembre de 2018. De forma previa a la tipificación de este delito, ante hechos de estas características por lo general se recurría al delito de apropiación indebida, figura que despertaba interesantes debates académicos respecto a la posibilidad de subsumir conductas de administración desleal en el tipo penal de apropiación. Emblemático al respecto es el caso Yarur, en el cual connotados académicos nacionales y extranjeros emitieron su opinión en las diversas instancias procesales.

El análisis de este reciente caso, incluida la sentencia de reemplazo dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco (rol 490-2022), sin duda permitirá avanzar en el desarrollo de las particularidades dogmáticas penales que representa el tipo penal incorporado en Chile el 2018. Para algunos académicos, el tipo penal chileno sería una versión mejorada respecto al tipo penal consagrado en la legislación alemana que constituye un antecedente de nuestra figura actual. Si bien no es objetivo de esta columna entrar en las discusiones dogmáticas del tipo, vale la pena tener presente todo lo anterior al momento de analizar el proceso.

Una primera novedad que representa entonces esta sentencia es que el tipo penal de Administración Desleal fue sometido al desarrollo de un juicio oral. Esto es, se llegó a una instancia en donde las partes pudieron expresar sus argumentos y mostrar sus pruebas, bajo el sistema de control que implica un juicio oral propiamente tal ante tres jueces. La sentencia es fruto entonces del análisis efectuado por tres jueces quienes, conforme a la ley, llegaron a la convicción más allá de toda duda razonable de que efectivamente se cometió el delito y le correspondía participación al acusado, convicción alcanzada con la prueba rendida en juicio. La decisión de condena fue unánime, solo hubo una prevención por asignar una pena diferente.

Otra cuestión muy relevante del caso, y que vale la pena no pasar por alto, es que esta sentencia condenatoria unánime fue determinada por el Tribunal Oral en lo Penal en un juicio forzado por la parte querellante. Esto es, en el caso, el Ministerio Público en uso de sus facultades decidió No Perseverar respecto a la investigación. Si bien el Ministerio Público formalizó los hechos, decretándose incluso una medida cautelar, luego de cerrar la investigación comunicó su decisión de no perseverar toda vez que, a su juicio, “durante la investigación realizada no se han reunido antecedentes suficientes para fundar una acusación”. Más aun, es importante destacar que, en este caso, el Ministerio Público no solo decidió no perseverar sino que además, en conjunto con la defensa, se opuso a la solicitud de la querellante de forzar la acusación, autorizando el juez de garantía al querellante a formular acusación particular y llevar el caso a juicio.

Lo anterior es muy importante de tener presente considerando que, en la práctica, ir a un juicio oral sin el Ministerio Público resulta una misión muy difícil sino prácticamente imposible. Baez señalaba el 2011 que no más del 13% de los casos forzados obtenían una sentencia condenatoria.[1]Sería interesante conocer el trasfondo de la decisión del Ministerio Público de no seguir adelante en una investigación formalizada, con medidas cautelares en donde, conforme a los antecedentes, no se alcanzó un acuerdo reparatorio y se rechazó un sobreseimiento definitivo solicitado por la defensa, lo cual fue en su oportunidad confirmado por la Corte de Apelaciones. La posibilidad entonces de obtener una sentencia condenatoria en juicio oral sin la intervención del Ministerio Público por un delito de tanta complejidad como lo es el de administración desleal, es también un factor muy importante a tener presente en casos futuros.

En suma, la sentencia señalada y el proceso en el cual se dictó condena por el delito de administración desleal, se transforman en materia de análisis obligatorio para los operadores del sistema y litigantes en sede penal, no solo por la novedad que representa una condena por este delito en contexto de juicio oral sino también por cómo se llegó a esta primera condena en juicio oral sin la participación del Ministerio Público. (Santiago, 18 noviembre 2022)

 

[1] Baez, Danilo, “La eficacia del querellante en el juicio oral. Estudio empírico en el quinquenio de la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana”, Revista de Derecho, Escuela de Postgrado, Universidad de Chile, Nº 1, DIC. 2011.

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  1. ES UN GRAN AVANCE EN MATERIA PENAL, DADO QUE ERAN DEMASIADOS LOS EXCESOS EN CUANTO A LA BAJA PENALIDAD EN EL DELITO DE APROPIACION INDEVIDA , AHORA TODOS LOS QUE COMENTEN DELITO DE ADMINISTRACION DESLEAL PODRAN SER JUZGADOS CON UNA PENALIDAD ELEVADA, PERO HABRA QUE ESTAR ATENTO PARA QUE EL FISCAL A CARGO INVESTIGUE A FONDO