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Francia cometió infracción al artículo 3, que prohíbe la tortura, penas o tratos inhumanos o degradantes.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos señala que Francia violó la Convención en caso de solicitantes de asilo.

Los solicitantes debieron vivir en situación de calle debido a que las autoridades no les otorgaron la ayuda a la que tenían derecho.

6 de julio de 2020

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo de forma unánime en el caso N.H. y otros v. Francia, que existió una violación al Artículo 3, que prohíbe la tortura, penas o tratos inhumanos o degradantes, de la Convención Europea de Derechos Humanos, respecto de tres de los cinco recurrentes.
El caso expuesto dice relación con cinco personas en búsqueda de asilo, que viven en Francia, los que señalaron que no pudieron conseguir los beneficios materiales y económicos a los que tenían derecho bajo la ley francesa, viéndose forzados a dormir en la calle en condiciones inhumanas y degradantes por varios meses.
El Tribunal notó que uno de los recurrentes debió vivir en situación de calle sin recursos; mientras que otros dos solo recibieron un bono temporal después de 130 y 180 días, sin reconocérsele el estatus de solicitantes de asilo.
Las autoridades francesas fallaron en cumplir con sus obligaciones bajo la ley nacional, por lo que fueron encontrados responsables por las condiciones que debieron sufrir los recurrentes, como vivir en situación de calle, no tener acceso a sanitarios y vivir con temor de ser atacados, siendo víctimas de tratos degradantes. Además, se consideró que Francia mostró una falta de respeto por su dignidad.
El Tribunal consideró que vivir bajo aquellas condiciones, combinado con la falta de respuesta de las autoridades francesas y el hecho que los juzgados han objetado sistemáticamente que existan recursos para los recurrentes, como hombres jóvenes y solteros.

Vea texto íntegro de la sentencia (en francés) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Caso N.H. y otros v. Francia.

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