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Decreto Ley 3500.

Proyecto de resolución solicita aumentar porcentajes para pensión de sobrevivencia que reciben beneficiarios del causante.

Adujeron que esta distribución es un mecanismo poco equitativo y que no tiene justificación válida el otorgar pensiones de sobrevivencia con porcentajes tan bajos.

18 de marzo de 2015

La Cámara de Diputados aprobó –con 49 votos a favor- el proyecto de resolución N° 220 que requiere del Ejecutivo el envío de un proyecto de ley que aumente los porcentajes establecidos en el Decreto Ley N° 3.500 para la pensión de sobrevivencia que reciben los beneficiarios del afiliado fallecido, de manera tal que, siendo uno o más los beneficiarios, ésta siempre alcance el ciento por ciento de la pensión de referencia del causante.

Durante el debate, los parlamentarios sostuvieron que “los porcentajes de la pensión de supervivencia se distribuyen de la siguiente forma: 60% para el o la cónyuge; 50% para el o la cónyuge con hijos comunes con derecho a pensión (el porcentaje se eleva a 60% cuando los hijos dejan de tener derecho a pensión); 36% para el progenitor de hijos de filiación no matrimonial reconocidos por el o la causante; 30% para el progenitor de hijos de filiación no matrimonial, reconocidos, con hijos comunes que tengan derecho a pensión (el porcentaje se eleva a 36% cuando los hijos dejan de tener derecho al beneficio); 15% para cada hijo hasta los 18 años o hasta los 24 si son solteros y estudiantes (el porcentaje se reduce al 11% para los hijos declarados inválidos parciales al cumplir los 24 años de edad); y 50% para los padres si eran causantes de asignación familiar del fallecido y si no existen otros beneficiarios”.

En ese sentido, adujeron que esta distribución es un mecanismo poco equitativo y que no tiene justificación válida el otorgar pensiones de sobrevivencia con porcentajes tan bajos, situación que solo favorecería a las AFP al poder retener mayores montos en las cuentas individuales de capitalización de los afiliados fallecidos para seguir invirtiendo y generando utilidades que de ninguna manera se traducen en beneficios para los usuarios del sistema, sino que sólo en ganancias para el rubro.

Por las razones expuestas, los diputados proponen entregar el 100% de la pensión de sobrevivencia al cónyuge, o la madre o padre de hijos de filiación no matrimonial reconocidos por el causante. Si además son beneficiarios los hijos, se propone que se distribuya a prorrata el beneficio, hasta alcanzar el 100%.

 

 

Vea texto íntegro del proyecto de resolución.

 

 

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