Discriminación por razón de género

Suprema Corte de México despenaliza el aborto en todo el país.

Dictaminó que los artículos 330 al 334 del Código Penal Federal, que hacen punible el aborto, son inconstitucionales por violar los derechos de las mujeres gestantes. Del mismo modo, señala que estas normas configuran una discriminación por razón de género al imponer la maternidad por sobre la libertad sexual de las embarazadas.

12 de septiembre de 2023

Criterios para otorgar pensión de viudez no deben basarse en estereotipos de género pues ello constituye discriminación.

17 de octubre de 2022
Las referencias a tradiciones, supuestos generales o actitudes sociales prevalecientes en un país en particular no justifican una diferencia de trato por razón de sexo, ya sea a favor de la mujer o del hombre. Esto significa que el Estado no puede basarse en la presunción de que el marido apoya económicamente a la mujer para justificar una diferencia de trato que pone a los viudos en desventaja con respecto a las viudas.