Irretroactividad de la ley penal

Querella por presunto delito de lesa humanidad cometido por ETA es inadmisible por existir prescripción, resuelve tribunal español.

En el momento de la entrada vigor de la reforma (23 de diciembre de 2010) el delito ya había alcanzado los veinte años de prescripción, ya que el criminal atentado tuvo lugar el día 9 de febrero de 1976, por lo que la prescripción se ganó el día 10 de febrero de 1996. Por lo expuesto, la cuestión suscitada no merece quedar sujeta a la consideración de una investigación previa.

14 de febrero de 2024

Norma que no permite alegar la prescripción de los delitos de lesa humanidad, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

27 de noviembre de 2023
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la irretroactividad de la Ley penal, la libertad personal y seguridad individual, la igualdad ante la ley, al impedir las prescripciones totales o graduales conforme a las reglas del Código Penal, en circunstancias que, si no se hubiese aplicado el precepto impugnado, los hechos habrían prescrito en 1985 y 1996, desde se le imputó la participación por hechos cometidos en los años de 1973 y 1981.

Norma que establece que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

3 de noviembre de 2023
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, particularmente la irretroactividad de la Ley penal, la libertad personal y seguridad individual, la igualdad ante la ley, al impedir que se declare la prescripción de la acción penal y de la pena, como la acción civil o indemnizatoria.

Para determinar el quantum de la pena de suspensión de la licencia no procede considerar las condenas por el delito de conducción en estado de ebriedad anteriores al 15 de marzo de 2012.

7 de octubre de 2023
La sentencia recurrida incurrió en una errónea aplicación del artículo 196 de la Ley 18.290, lo cual influyó sustancialmente en lo dispositivo de la misma, al haber impuesto la sanción de suspensión de la licencia de conducir por 5 años, en circunstancias que no procedía considerar la anterior ocasión a la comisión del delito de marras. La Ley N°20.580 que modificó la Ley de Tránsito se publicó el 15 de marzo de 2012 y la condena era anterior.
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