Derecho de propiedad.
CS declara admisible recurso de protección en contra de acreedores y liquidadora concursal por remate de un inmueble adquirido durante el matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal sin liquidar.
Del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir una vulneración de las garantías fundamentales consagradas en la Constitución.
20 de julio de 2021