Tribunal General de la Unión Europea

Medidas restrictivas impuestas a dos empresarios rusos por su apoyo indirecto a la guerra en Ucrania se ajustan al Derecho de la Unión Europea.

Las medidas suponen innegablemente una restricción del ejercicio del derecho de propiedad del demandante y afectan negativamente a su vida privada y familiar, a su domicilio y a sus comunicaciones. Sin embargo, siempre se ha sostenido que en el Derecho de la UE esos derechos fundamentales no gozan de una protección absoluta, sino que deben considerarse en relación con su función en la sociedad.

13 de septiembre de 2023

Organismo europeo no incurrió en ilegalidad al expulsar a un grupo de refugiados sirios de territorio griego: no tiene facultades para objetar las decisiones de los Estados miembros de la UE, por lo que no es responsable.

11 de septiembre de 2023
El daño invocado debe resultar directamente de la supuesta ilegalidad y no de la elección del demandante sobre cómo reaccionar ante el acto supuestamente ilegal. Se ha considerado que el mero hecho de que la conducta ilícita constituya una condición necesaria (una condición sine qua non) para que surja el daño, en el sentido de que el daño no se habría producido en ausencia de tal conducta, no es suficiente para establecer una relación causal.

Resolución de la Comisión Europea que aprobó un fondo de ayuda para compensar a las aerolíneas italianas afectadas por la pandemia, adolece de falta de motivación.

29 de mayo de 2023
La motivación exigida por el TFUE debe ser adecuada al acto de que se trate y debe revelar de forma clara e inequívoca la motivación seguida por la institución que adoptó la medida, de tal manera que permita a las personas interesadas determinar los motivos de la misma y que el tribunal competente pueda ejercer su poder de revisión.

Contrato de construcción de dos reactores nucleares en Hungría impugnado por Austria es válido.

3 de diciembre de 2022
Se deben desestimar los motivos basados en la existencia de distorsiones desproporcionadas de la competencia y de desigualdades de trato que llevan a la exclusión de los productores de energía renovable del mercado interior liberalizado de la electricidad. A este respecto, los Estados miembros tienen libertad para determinar la composición de sus paquetes energéticos y la Comisión no puede exigir que la financiación estatal se destine a las fuentes de energía alternativas.
Tribunal General de la Unión Europea.

Multimillonaria multa a Google por abusar de su posición dominante en el mercado se confirma.

Una empresa del tamaño de Google y con un poder sustancial en los mercados no puede ignorar sus obligaciones en materia de competencia. De los documentos y declaraciones internas de Google, en los que se basa la Comisión, se desprende que la compañía era plenamente consciente de los efectos de las prácticas impugnadas.

2 de noviembre de 2022
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