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Derecho de propiedad.

Corte de Antofagasta acoge protección y ordena a Ejército tramitar retiro de coronel dado de baja por uso de cannabis.

La Corte Antofagasta acogió un recurso de protección presentado por Christian Esteban Reyes Lara, en contra del Ejército, institución que lo desvinculó del servicio por consumir cannabis sativa, como paliativo al cáncer que padece.

14 de enero de 2016

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de protección presentado por Christian Esteban Reyes Lara, en contra del Ejército, institución que lo desvinculó del servicio por consumir cannabis sativa, como paliativo al cáncer que padece.

En su sentencia, se ordenó al Ejército y al comandante del cuartel general de la Primera División, coronel Enrique Heyermann Ríos "considerar y tramitar el alejamiento del señor Reyes Lara del Ejército de Chile como retirado, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, Ley 18.948 y al Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas", con el objetivo de no coartar sus posibilidad remunerativas y de atención médica.

Al efecto, cabe recordar que al recurrente, en enero de 2013, se le diagnosticó un cáncer testicular avanzado  con metástasis. Tras una extirpación de urgencia, inició sesiones de quimioterapia que tuvieron efectos adversos. Descartado el uso de medicina tradicional, comenzó a consumir marihuana. Sustancia que "tuvo efectos inmediatos",  por lo que siguió utilizándola con una finalidad terapéutica y con respaldo médico.

Y es que, concluye el fallo manifestando que es evidente la vulneración del derecho a la vida y a la integridad psíquica, tal como se ha referido en el recurso, en la medida que la decisión coarta seriamente sus posibilidad de atención médica, que a la luz de los documentos acompañados al proceso, sólo podrán ser paliativas.

Por la misma razón, se insiste que al ser dado de baja de la institución, el recurrente no recibe remuneración, ni goza de la protección de seguridad social, indispensable para el estado de salud en el que se encuentra, con lo se afecta el derecho de propiedad.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

 

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