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Penas, responsables.

BCN publicó Guía legal sobre “Seguridad en las carreteras”.

El propósito de la Guía consiste en exponer qué sucede ante un accidente causado por negligencia de los responsables de una carretera.

28 de octubre de 2016

El sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), publicó la Guía Legal sobre “Seguridad en las carreteras”.
El propósito de la Guía consiste en exponer qué sucede ante un accidente causado por negligencia de los responsables de una carretera.
La BCN señala que la pena que arriesga una persona que atente contra un vehículo en movimiento lanzándole piedras u otros objetos, es de entre 61 a 540 días de cárcel, que corresponde a la pena de presidio menor en su grado mínimo.
En cuanto  a que sucede si como consecuencia del ataque, una persona del vehículo queda lesionada o fallece, el documento dice que se aplican las penas según el delito de que se trate: homicidio, lesiones, lesiones graves, etc., aumentadas en un grado. Agrega, que si sólo se producen daños materiales, se aplicará la pena de presidio menor, entre 61 a 540 días de cárcel, aumentada en un grado, es decir, hasta 3 años de presidio.
Sobre quién debe velar por las normas de seguridad en pasarelas y pasos sobre nivel, la BCN expresa que el Ministerio de Obras Públicas debe mantener vigente un reglamento con las normas de seguridad mínimas de las pasarelas peatonales y los pasos desnivelados o puentes, que pasan sobre carreteras en que se permita la circulación de vehículos sobre los 80 kilómetros por hora. El objetivo de ese reglamento es evitar el lanzamiento de objetos contundentes a los vehículos en circulación.
El documento explica, que las normas establecidas en el reglamento se entiende que forman parte de los contratos de construcción de obras y de concesión de carreteras. Y, continúa, las bases de licitación de concesiones de obras públicas, cuando corresponda, deberán contemplar las mismas normas de seguridad.
La BCN hace presente que si colisiono con un animal como una vaca o un caballo,  la responsabilidad es del dueño del animal, ya que  la Ley de Tránsito prohíbe a las personas dejar animales sueltos o amarrados que puedan obstaculizar el tránsito, estableciendo infracciones gravísimas por ello. También, señala a continuación, prohíbe el cruce de animales de uno a otro lado de la vía, lo que sólo podrá hacerse en lugares autorizados y previamente señalizados.
En cuanto a quién es responsable si tengo un accidente por el mal estado de la carretera, el texto dice que el ministerio de Obra Públicas, la Municipalidad o la empresa concesionaria dependiendo de donde suceda el accidente. La demanda civil debe interponerse ante el Juez de Letras en el Juzgado Civil correspondiente.
La BCN, explica, además, que los peatones pueden transitar por una carretera, siempre y cuando lo hagan por la berma o franja lateral de la calzada y por el costado izquierdo, de frente a los vehículos que circulan en sentido opuesto. No podrán permanecer en las calzadas de los caminos, ni saltar vallas peatonales o cruzar la calzada en forma diagonal.

 

Vea texto íntegro de la Guía Legal.

 

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