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Ordena a Gendarmería adoptar diversas medidas.

Corte de Concepción acoge amparo de menores del Centro de Internación Provisoria de Coronel al estimar que se les ha dado un trato degradante, de palabra y obra.

El Tribunal de alzada dispondrá en el más breve plazo la instalación de cámaras de seguridad y vigilancia efectivas, como hay en otras unidades penales, para mayor resguardo, control y constatación total de los hechos.

29 de noviembre de 2017

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo presentado por ocho adolescentes internados en el CIP-CRC Coronel, quienes denunciaron haber sido agredidos por personal de Gendarmería, con golpes de pies, bastones y gas pimienta, el 15 de octubre pasado, tras establecer que el actuar de los agentes penitenciarios es contrario a la ley, al reglamento interno y a tratados internacionales.
La Corte tiene por establecido que en su actuar los funcionarios de Gendarmería no le han brindado el trato y cuidado que deben dispensar a los menores internados y que hay indicios de la veracidad de los hechos denunciados. Con los antecedentes recabados es suficiente, por ahora, para estimar que a los menores se le ha dado tratos degradantes, de palabra y obra, con un rigor innecesario en la aplicación de las normas contrario a la protección y seguridad de los mismos, como asimismo no pueden ser amenazada y/o alterada su dignidad, a pretexto que los adolescentes se encuentren privados de libertad, dice la Corte, lo que no implica desconocer las facultades que tiene Gendarmería.
Para restablecer el derecho quebrantado e impedir que por el actuar aislado de algunos agentes estatales sea puesto el Estado de Chile en tela de juicio frente a la normativa internacional de protección de los Derechos Humanos, en especial de los menores privados de libertad, la Corte acoge la acción constitucional de amparo y ordena que Gendarmería arbitrará las medidas necesarias para ajustar sus protocolos de acción de manera de asegurar, en todo momento y circunstancia, un trato digno a los internos, evitando aquellos que sean o aparezcan como injustos, crueles o degradantes. Si fuere necesario, efectuara los cambios que se requiera en el Centro de Internación Provisoria de Coronel, a fin de garantizar que tales objetivos sean cumplidos. Enseguida, dispondrá en el más breve plazo la instalación de cámaras de seguridad y vigilancia efectivas en el Centro de Internación Provisoria de Coronel, como hay en otras unidades penales, para mayor resguardo, control y constatación total de los hechos, como los acontecidos. Finalmente ordena que copia de la sentencia remita a la señora Fiscal Judicial de la Corte Suprema a fin de que si lo tiene a bien, arbitre las medidas pertinentes para disponer que alguna de las Fiscalías Judiciales de esta Corte de Apelaciones, efectué visitas al Centro de Internación Provisoria de Coronel.

Vea texto íntegro de la sentencia.

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