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Acta y modificaciones.

CS modifica autoacordado relativo a régimen de calificaciones de los miembros del Poder Judicial.

La calificación se concibe como un procedimiento a través del cual se evalúa la conducta funcionaria y el desempeño laboral observado durante un determinado período.

17 de octubre de 2020

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema acordó modificar el auto acordado sobre el régimen de calificación de los miembros del Poder Judicial.

El acta consigna que con la cuenta dada por el Secretario de la Corte Suprema sobre los ajustes que resultan necesarios en el proceso de calificaciones, incorporando la tecnología actualmente disponible para mejorar los procesos de notificación de precalificación y calificación y para facilitar la presentación de reclamos y recursos en contra de la precalificación y calificación, respectivamente, se acuerda modificar el Acta 142-2015, Auto Acordado sobre el régimen de calificación a los miembros del Poder Judicial.

Acordada la modificación de la regla Novena del acta 142-2015, desechada la indicación del presidente señor Silva G. y de los ministros Brito y Fuentes, Chevesich y Muñoz S. y suplente Biel, de diferir su análisis para un momento en que se proceda al estudio integral del sistema de calificaciones; y con el voto en contra del presidente Silva y de los ministros Muñoz G. y Brito, Chevesich y Muñoz S., quienes estuvieron por no introducir a la citada disposición el inciso segundo, por considerarlo innecesario.

 

Vea texto íntegro Acta 142 -15 y modificación.

 

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