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Imagen: animanaturalis.org
Moción.

Proyecto de ley modifica el Código Penal para aumentar las penas aplicables al delito de maltrato animal.

Conforme su tipificación no ha logrado bajar la comisión de estos delitos.

14 de noviembre de 2020

La Moción, patrocinada por las Diputadas Cid y Ossandón, en conjunto con los Diputados Álvarez, Juan Luis y José Miguel Castro, González, Rey, Torrealba y Torres, propone modificar el artículo 291 bis del Código Penal, aumentando la pena asignada para el delito de maltrato animal.

El proyecto señala que, si bien se logró la tipificación del delito de maltrato animal en el año 2019, esto no ha logrado frenar la comisión de este ilícito; por lo que resulta indispensable establecer una pena más alta para que ésta tenga los fines ejemplificadores que se requieren y se evite de esta manera que se sigan cometiendo actos de maltrato y crueldad animal que terminan incluso en la muerte del animal.

A fin de cumplir con el objetivo, la iniciativa propone aumentar la extensión del grado de la pena del delito de maltrato animal y las multas aparejadas, paralelamente, considerando la pena accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales en todos los supuestos.

En concreto, la iniciativa propone  modificar el artículo 291 bis del Código Penal para incrementar la penalidad, reemplazado en el inciso primero la expresión “presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última” por: “Presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de veinte a cincuenta unidades tributarias mensuales, o sólo con ésta última y en todo caso con prohibición perpetua de tenencia de cualquier tipo de animal”.

Enseguida, en el inciso segundo, con el mismo propósito, reemplazar la expresión: “presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales” por la siguiente: “Presidio menor en su grado medio a máximo y multa de treinta a setenta unidades tributarias mensuales y siempre con prohibición perpetua de tenencia de cualquier tipo de animal”.

Finalmente, en el inciso tercero, reemplazar la frase: “presidio menor en su grado medio y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales”, por la siguiente: “Presidio menor en su grado máximo y multa de setenta a cien unidades tributarias mensuales y en todo caso procederá la prohibición perpetua de tenencia de cualquier tipo de animal”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº13875-07 y siga su tramitación aquí.

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