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Corte Suprema
"Imposibilita su comparación en lo estrictamente jurídico con otras sentencias".

CS declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió demanda de desafuero de trabajador de conservador de bienes raíces.

El máximo Tribunal no hizo lugar al recurso enderezado en contra de la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que acogió la demanda.

6 de enero de 2021

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió demanda de desafuero de trabajador de conservador de bienes raíces.

La sentencia indica que la materia de derecho que se propone unificar, consiste en precisar ‘las fuentes de las obligaciones laborales, para determinar la procedencia de incumplimientos graves que impone el contrato en relación a si los incumplimientos relativos a prohibiciones que no están expresamente señalados en el contrato, podrían tildarse de incumplimientos graves impuestos por el contrato, según versa la norma del artículo 160 Nº 7 del Código del Trabajo‘.

La resolución agrega que en la forma como ha sido presentado, se desprende que el pretendido tema de derecho cuya línea jurisprudencial se procura unificar, no es susceptible de contrastar con otros dictámenes, puesto que dice relación con el ejercicio de la facultad jurisdiccional de determinar la gravedad que hace procedente la causal de despido a que se refiere el artículo 160 número 7 del Código del Trabajo, tratándose, por tanto, de una cuestión de carácter casuística, que no constituye un asunto jurídico habilitante de este arbitrio excepcional, particularidad que imposibilita su comparación en lo estrictamente jurídico con otras sentencias, por lo que el deducido debe ser desestimado en esta etapa procesal.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº104.263-2020, Corte de San Miguel Rol N° 126-2020 y de primera instancia RIT O-462-2019

 

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