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Derechos Digitales.

Reforma Constitucional consagra el derecho a la conectividad y el deber del Estado de garantizar el acceso libre y seguro a internet.

La relevancia que ha adquirido el acceso a internet y la posibilidad de mantenernos conectados e informados en todo momento ha dado pie para que en distintos ordenamientos jurídicos se haya reconocido como un verdadero derecho constitucional.

3 de septiembre de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Fernández y Núñez y los Diputados Ilabaca, Fuenzalida, Cruz-Coke, Calisto, Alessandri, Saffirio, Santana y Walker, modifica los numerales 10 y 12 del artículo 19 de la Constitución.

Los autores de la moción señalan que el derecho a la conectividad y el acceso libre y seguro a internet son tópicos que recurrentemente se mencionan en el debate público debido a la importancia que han adquirido en los últimos años, especialmente a causa del desarrollo de herramientas, tecnologías y aplicaciones digitales.

Añaden que es indudable que las innovaciones tecnológicas están continuamente transformando nuestra vida cotidiana, modificando nuestras conductas y comportamientos, y cambiando la forma en cómo nos relacionamos con las demás personas. 

Citando a José y Miguel Carbonell, agregan que un amplio acceso a internet supone educación de mejor calidad, mayor acceso a información y cultura, mayor crecimiento económico e incremento en la igualdad de oportunidades, por lo que el reconocimiento del derecho fundamental de toda persona al acceso a Internet puede convertirse en el instrumento que lo impulse.

En la misma línea, mencionan que el Director del Diario Constitucional, Emilio Pfeffer, destacó en un artículo de opinión que varios países de Europa, así como Estados Unidos, Canadá, Australia, Japón, ya están garantizando constitucionalmente el derecho a internet como derecho explícito o implícito, considerándolo como uno de los derechos digitales que tiene toda persona, a través del cual puede ejercer y disfrutar de otros derechos, como la libertad de expresión, el acceso al conocimiento, a la educación y al esparcimiento.

Por último, plantean que esta reforma constitucional es necesaria para asegurar la conectividad de las personas y el acceso libre y seguro a la información digital contenida en internet, especialmente tratándose de alumnos de educación básica y media que se están formando intelectualmente y deben insertarse en un mundo hiperconectado y globalizado.

Además, el libre acceso a la información, aseguran, es un elemento esencial para el bienestar del régimen democrático y para el control de la actividad gubernamental. Los principios de transparencia y probidad solo adquieren real concreción en una sociedad donde los ciudadanos pueden acceder libremente a la información. 

Con el fin de consagrar el derecho a la conectividad y el deber del Estado de garantizar el acceso libre y seguro a internet, la reforma constitucional incorpora en el artículo 19 de la Carta Fundamental, que “El derecho a la educación comprende el deber del Estado de asegurar el acceso libre y seguro a internet de los estudiantes de educación básica y media en la forma que determine la ley”;  y que “Es deber del Estado promover el acceso libre y seguro a internet, procurando todas las medidas que permitan garantizar la conectividad de los habitantes a la información digital en la forma que determine la ley”.

El proyecto se encuentra radicado en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto de la moción, análisis y discusión del proyecto Boletín N° 14559-07.

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