Noticias

Corte Suprema
"El recurrente omite extender la infracción legal al artículo 2314 del Código Civil".

CS mantiene sentencia que acogió demanda de odontóloga en contra de una sociedad por la utilización indebida de su nombre en procesos de licitación.

El máximo Tribunal consideró que el recurso no puede prosperar al ser mal presentado.

10 de septiembre de 2021

La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de casación en contra de la sentencia que acogió una demanda presentada por una odontóloga en contra de una sociedad por la utilización indebida de su nombre en procesos de licitación.

La sentencia sostiene que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”.

Agrega que, versando la contienda sobre una acción de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a explicar el contenido jurídico del instituto que se hizo valer en el juicio. Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción legal al artículo 2314 del Código Civil; precepto que tienen carácter decisorio litis pues es aquel que sirve de sustento jurídico a las pretensiones formuladas en la demanda, que fue acogida por los jueces del mérito en la sentencia definitiva. Al no formular tal denuncia se genera un vacío que la Corte no puede subsanar dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol Nº30.239-2021, Corte de Temuco Rol N °Civil-1217-2020 y de primera instancia Rol C-1841-2019

 

RELACIONADOS

TCP acogió a trámite demanda contra Municipalidad de La Reina por infracción a la Ley de Compras Públicas en relación a la experiencia en cobranza municipal exigida en las bases de licitación…

TCP se declara incompetente para conocer demanda deducida por PUCV contra Dirección de Compras y Fisco por negar certificado de indisponibilidad de sitio web para postular a una licitación…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *