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Imagen: El Ciudadano.
Derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

Recurso de protección deducido en contra de la Municipalidad de Valparaíso por su comportamiento pasivo ante tomas de terreno en zona calificada como área verde, se acoge a trámite.

La recurrente solicitó se ordene al Municipio dar cumplimiento efectivo a su labor fiscalizadora en orden a prevenir las tomas de terreno en la Quebrada Cabritería, junto con la reubicación de las tomas ya instaladas en el terreno.

21 de abril de 2022

La acción fue presentada ante la Corte de Valparaíso por la Red de Amigos Parque Cabritería, en contra de la Municipalidad, por la inacción frente a las tomas de terreno instaladas en medio de una zona clasificada como “área verde”.

En su libelo, el actor expone que la Quebrada Cabritería es una de las más extensas y de mayor superficie de Valparaíso y que a pesar a estar inserta entre los grandes conglomerados urbanos de la ciudad, ha permanecido inalterada en su parte superior, cuya principal característica es la abundante biodiversidad de flora y fauna nativa, con presencia de árboles endémicos originarios de la Zona Central de Chile, pudiéndose encontrar más de 30 especies de avifauna y también hay presencia de yacas, marsupiales que están en categoría vulnerable.

Indica que han sido testigos de cómo desde el inicio de la pandemia se ha observado un sostenido avance de diversas tomas de terreno en el borde superior y algunas laderas de la Quebrada Cabritera, instalando mediaguas, casas y cercando diversos sitios del área verde municipal, la que pertenece a todos los habitantes del país.

Agrega que realizaron una denuncia a la recurrida informando de este avance y que en respuesta la Municipalidad se comprometió a cumplir la normativa del área verde, la que indica que se puede construir hasta un 20% de la superficie total solo con la infraestructura complementaria, por lo que no se permite el asentamiento humano permanente, comprometiéndose a erradicar las tomas que allí se establecieron.

Alega que la máxima autoridad comunal ha mantenido un comportamiento pasivo frente a la irrupción de tomas en el interior del Parque, teniendo presente que el patrimonio urbano no es solo arquitectónico, sino también, lo son sus ecosistemas originarios y es en ese ámbito, que la recurrida ha faltado a su deber como garante de las áreas verdes de la comuna.

Sostiene que la autoridad municipal, conociendo la situación de las tomas de terreno en el área indicada y la importancia que reviste para sus vecinos, es que ha incurrido en omisión en el cumplimiento de sus funciones, vulnerando con ello las garantías consagradas en el artículo 19 N°1 y N°8 de la Constitución y solicita ordene a la Municipalidad de Valparaíso cumpla con su labor fiscalizadora, en orden a prevenir las tomas de terreno en el sector y la reubicación de las tomas establecidas.

La Corte de Valparaíso declaró admisible el recurso.

 

Vea texto de la resolución Corte de Valparaíso Rol N°29.530-2022 y del recurso.

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