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Moción.

Iniciativa modifica la Carta Fundamental para exigir la adecuación de los partidos políticos a los principios del Estado democrático y constitucional de derecho.

Se deben mejorar las herramientas de control de los límites constitucionales y legales establecidos para tales agrupaciones.

21 de mayo de 2022

Por Diego Herrera, Universidad San Sebastián

La moción, patrocinada por las Diputadas Emilia Nuyado y Catalina Pérez, y los Diputados Juan Castro, Raúl Saldívar, Leonardo Soto y Esteban Velásquez, modifica la Carta Fundamental para exigir la adecuación de los partidos políticos a los principios del Estado democrático y constitucional de derecho.

El proyecto señala que, ante la importancia de los partidos políticos para el orden democrático en el Estado, es necesario modificar la normativa actual toda vez que existen diversos aspectos en que la no ha podido satisfacerlos del todo, especialmente, en cuanto a “(…) la titularidad de las denuncias de inconstitucionalidad de los partidos, y con los órganos que resultan competentes para conocer de ellas”.

Por ello, indica que es necesario robustecer las herramientas de control que existen, a fin de lograr una efectiva protección a los principios democráticos que recaen sobre los partidos políticos.

De esta forma, expresa que, no obstante, el ejercicio de las libertades de expresión, asociación política y libre participación, que son fundamentos y pilares para un Estado democrático y constitucional de derecho, los partidos políticos deben de estar sujetos a los principios democráticos y derechos humanos que la hacen posibles, debiéndose establecer “(…) límites a la libertad ideológica y política de las personas y sus agrupaciones políticas, para garantizar que no se erijan como amenazas de la propia democracia”.

Agrega que tal es el sentido que ha recogido la Constitución y la ley electoral, sin perjuicio de lo cual quedan diversos aspectos por mejorar, especialmente en relación con las herramientas de control de los límites constitucionales y legales establecidos para estas agrupaciones.

En mérito de lo expuesto, propone agregar al final del inciso sexto del numeral 15 del articulo 19 de la Constitución, la siguiente oración “(…) y se entenderá como contrario a los principios básicos del régimen democrático y constitucional, la falta de compromiso con el fortalecimiento de la democracia y el respeto, garantía y promoción de los derechos humanos asegurados en la Constitución, en los tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile, y en las leyes”.

 

Vea Boletín N°14778-07 y siga su tramitación aquí.

 

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